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Atresmedia y Mediaset exigen el reparto legal de los derechos de autor

Las cadenas piden la ejecución de la última sentencia que obliga a la SGAE a que no aplique un límite a los ingresos que se generan en la emisión de música en la madrugada.

La sede de la SGAE en Madrid, órgano al que se le solicita que cumpla los criterios de reparto de derechos
La sede de la SGAE en Madrid, órgano al que se le solicita que cumpla los criterios de reparto de derechoslarazon

Las cadenas piden la ejecución de la última sentencia que obliga a la SGAE a que no aplique un límite a los ingresos que se generan en la emisión de música en la madrugada.

Una vez más, y van cuatro, los tribunales españoles vuelven a fallar en contra de los intentos de la junta directiva de la SGAE de limitar los derechos de autor generados por la música de madrugada en beneficio de las multinacionales de la industria musical. En concreto, Atresmedia y Mediaset han dado un golpe en la mesa y han solicitado la ejecución inmediata de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 54 en diciembre pasado, que declaró nulo, la modificación del artículo 202 bis de los Estatutos de la SGAE que regulan este reparto.

La junta aprobó esa modificación sin contar con la asamblea, como exigen los estatutos. Así, se fijó un límite del quince por ciento por el reparto correspondiente a la franja de madrugada. Como consecuencia, el resto de lo generado en dicha franja se distribuyó entre las demás horas del día, copadas por música de los autores de las grandes discográficas y en detrimento de las editoriales (los socios de los autores para explotar su obra) de las televisiones. Para entender esta decisión de las cadenas hay que remontarse a 2015, cuando por primera vez la junta directiva de la SGAE decidió cambiar de forma unilateral el reparto de los derechos de autor procedentes de la emisión de música en televisión. En enero de ese año, y siguiendo lo establecido en los estatutos, elevó a la asamblea la ratificación de la modificación en los criterios de reparto. Ésta lo rechazó, pero, para sorpresa de los socios, se siguió adelante con el plan y acordó esa modificación que, en diciembre de 2016, anuló la Asamblea Provincial.

Nuevos criterios de reparto

A partir de ese momento, la junta directiva, donde las discográficas han contado con representación y voto hasta el año pasado, han hecho todo lo posible para sacar adelante unos nuevos criterios de reparto más beneficiosos para ellos, aunque tuviesen que eludir el control de la asamblea y de los tribunales. Así pasó de nuevo cuando la junta sometió a votación la decisión de acudir a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) para, mediante un laudo arbitral, conseguir su propósito. Pero, una vez más, la decisión de someterse a un árbitro internacional fue denunciada y tumbada por el Juzgado de Primera Instancia número 98 de Madrid, que sentenció que la junta no es el órgano competente para tomar esas decisiones. No obstante, no hizo caso. Tras conocerse el fallo del laudo, que sugería imponer el límite del quince por ciento a la recaudación de la madrugada, la aplicó al reparto de diciembre de 2017. La consecuencia fue un aumento sustancial en las liquidaciones de las discográficas que los canales denunciaron ante los tribunales.

El penúltimo golpe llegó de la mano del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que declaró nulo el laudo por no ser la forma acordada para resolver los conflictos entre los socios de la entidad. Ambos fallos no frenaron a la junta, que otra vez actuó por su cuenta y riesgo y traspuso el laudo, es decir, el límite del quince por ciento en las recaudaciones de la franja de madrugada.

El final, hasta el momento, es la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 54 –que las televisiones piden ahora que se ejecute–, ya que en diciembre pasado volvió a fallar que la asamblea, y no la junta de la SGAE, es el órgano con potestad para modificar criterios de reparto, como también lo recoge la nueva ley de Propiedad Intelectual. Pero el fallo no solo condena a la SGAE «a abstenerse a ejecutar el acuerdo que cambia los repartos o incluso a promover sus efectos en repartos futuros», sino también a rehacer las liquidaciones afectadas: la de diciembre de 2017 y los atrasos abonados en las liquidaciones de junio y diciembre de 2018.