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ERE

El tribunal del “caso ERE” da 15 días a los condenados para comparecer ante el Supremo

Zarrías pide el archivo de la causa del préstamo de 5,8 millones a Cárnicas Molina al encontrarse “reclamado”

Ex altos cargos socialistas de la Junta durante el juicio de la pieza política del caso ERE larazon

El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, que emitió la sentencia de la pieza política de la causa judicial sobre los expedientes de regulación de empleo (ERE), ha dado 15 días de plazo a los 19 ex altos cargos de la Junta condenados para comparecer ante el Supremo.

Según reza en el auto, remitido por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), «la petición de tener por preparado el recurso de casación ha sido deducida en tiempo y forma» por los 19 ex altos cargos, entre ellos los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán. El tribunal emplaza a las partes para que comparezcan ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el plazo de 15 días para «hacer valer su derecho» y ordena que se expida al alto tribunal la certificación de la sentencia. Desde que se dictó el fallo, todas las defensas han anunciado su intención de recurrir ante el Supremo, cuyo plazo finalizó el pasado 23 de enero. El primero fue Gaspar Zarrías, quien se basó en tres motivos principales, uno por infracción de precepto constitucional y dos por infracción de ley.

Precisamente, el letrado Gonzalo Martínez Fresneda, que ejerce la defensa del ex consejero de la Presidencia de la Junta Gaspar Zarrías, ya condenado a nueve años de inhabilitación en la pieza política de los ERE, ha pedido el archivo de la causa que investiga el préstamo de 5,8 millones de euros concedidos en 1999 a la empresa cárnica Hijos de Andrés Molina (Hamsa), ubicada en Jaén, luego Campocarne y Primayor. Según reza en el escrito judicial, la defensa de Zarrías pide el archivo porque, según expone, en certificado del 20 de diciembre de 2019 el actual director económico-financiero del IDEA «reconoce que el préstamo cuestionado se encuentra reclamado judicialmente por lo que se mantiene contabilizada la deuda vencida y pendiente de cobro» sin ser considerado «un pasivo, una pérdida», indicando además que el mismo «no fue concedido» por Zarrías, así como que nadie podía prever que la empresa no podría devolverlo.

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