ERE

La Audiencia de Sevilla saca al ex consejero Viera del “caso Promi” dentro de los ERE

Críticas a los “claroscuros” de la Fiscalía, que pidió que el ex consejero fuera investigado

El tribunal del caso ERE convoca la vista sobre la prisión de Guerrero, Fernández, Viera y Márquez
El ex consejero de Empleo José Antonio Viera (c), a su llegada a la Audiencia Provincial de Sevilla para el juicio del "caso ERE"María José LópezEuropa Press

La Audiencia de Sevilla ha excluido al ex consejero andaluz José Antonio Viera de la pieza separada del caso ERE relativa al préstamo concedido a la Asociación para la Promoción de Minusválido (Promi) y ha criticado los “claroscuros” de la Fiscalía, que pidió que el ex alto cargo fuese investigado.

En un auto adelantado por 'Diario de Sevilla' y al que ha tenido acceso Efe, la Sección Séptima estima el recurso de Viera contra un auto del Juzgado de Instrucción número 6 del 11 de junio de 2019, que admitió la solicitud de la Fiscalía, y reitera, como "en numerosas anteriores resoluciones", que los hechos ya fueron juzgados en el primer juicio de los ERE y que los acusados en ese caso no pueden volver a ser investigados en las piezas separadas.

En la causa del conocido como procedimiento específico, Viera fue condenado a siete años y un día de prisión y dieciocho años y un día de inhabilitación absoluta por malversación y prevaricación.

El caso Promi, incoado en 2016, tiene como objeto las ayudas que recibió el grupo en 2001 en forma de subvenciones directas y un préstamo del IFA, precursor de la agencia IDEA, por un importe de 3.606.072,63 euros.

La Sección Séptima señala que la propia instructora, el 30 de abril de 2018, ya excluyó del procedimiento a Viera, el también exconsejero de Empleo Antonio Fernández, el exviceconsejero Agustín Barberá y el exdirector de Trabajo Juan Márquez.

La jueza cambió su criterio pero "no lo argumentó" en el auto del 11 de junio de 2019 después de que Anticorrupción pidiese investigar "si el préstamo fue condonado o reconvertido en subvención no reintegrable" con cargo al programa presupuestario 31L, objeto de enjuiciamiento en la pieza política.

En otro escrito del 30 de mayo de 2019, la Fiscalía "solicitó la inclusión (intento más bien de reinclusión)" de los cuatro ex altos cargos "como sujetos pasivos" y alegó que si el préstamo no había sido devuelto a IDEA, "su importe sería contabilizado con cargo no al programa 31-L, sino a otro programa de la Consejería de Innovación".

Según la Sala, "dicho sea con todos los respetos", la argumentación de la Fiscalía en mayo de 2019 "es contradictoria con lo anteriormente alegado" y se basa en "supuestos meros apuntes contables posteriores" a 2001.

Se refiere en concreto a un escrito del 27 de julio de 2005, obrante en la causa matriz desde finales de 2011, en el que el entonces director de Trabajo, Javier Guerrero, proponía a la IDEA que autorizara la reconversión del préstamo en subvención.

El ponente afirma que para resolver el recurso "no es preciso profundizar en los intensos claroscuros" que achaca a la Fiscalía, ya que Viera "cesó en todo cargo en la Junta de Andalucía en 2004", por lo que no pudo tener relación con los hechos incluidos en "la novedosa línea de investigación abierta en 2018 sobre hechos que ya eran procesalmente conocidos en 2011".

El tribunal critica "la pretensión" de los fiscales "de convertir a personas determinadas en investigados por unos hechos respecto de lo que sólo hay una sospecha" y detalla que "la misma Fiscalía reconoció en mayo de 2019 que no consta que la propuesta de conversión en subvención excepcional fuese aceptada" por IDEA.

Para la Sala, “lo correcto” habría sido “constatar primero si tenía fundamento razonable la simple sospecha extraída” del escrito de 2005.