Tribunales

Exoneran a una mujer "insolvente" del pago de 100.000 euros en deudas

En un plan de pagos se compromete a abonar una cuota asumible y acorde a sus ingresos y nivel de gastos esenciales durante cinco años

Billetes de euro
Billetes de euroDado RuvicREUTERS

El Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla ha concedido provisionalmente a una vecina del barrio de Montequinto, perteneciente a Dos Hermanas, la exoneración del pasivo insatisfecho de casi 100.000 euros que se le reclamaba; merced al plan de pagos presentado por la misma al acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad o reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, según figura en un auto emitido por dicha instancia el pasado 31 de octubre y difundido por la Asociación de Ayuda al Endeudamiento.

Según la entidad, cuando la deuda acumulada por esta mujer tras haber formalizado diferentes préstamos ascendía casi a 100.000 euros, solicitó ayuda a la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, cuyos abogados confirmaron que "cumplía los requisitos que marca la ley de la segunda oportunidad" para acogerse a los términos de la misma. "En este caso, la asociada era insolvente, puesto que no podía atender a sus deudas. Esto sumado a que no tenía antecedentes penales económicos y a que no había sido declarada en concurso en los últimos cinco años, permitió prácticamente asegurar el perdón del 100% de sus deudas pendientes", según explica el abogado de la asociación José Domínguez.

El letrado ha manifestado que mediante la presentación de la solicitud de preconcurso de acreedores fue logrado suspender la obligación de pago y las ejecuciones hipotecarias, salvando después la casa y garaje de la mujer como bienes libres de cargas a su nombre que quería conservar. "Aprovechando la última reforma concursal, la deudora ha podido conservar sus bienes libres de cargas y obtener simultáneamente la cancelación de sus deudas exonerables. En este plan de pagos, ha tenido que comprometerse a abonar una cuota asumible y acorde a sus ingresos y nivel de gastos esenciales durante cinco años. Será la única obligación que tenga hasta diciembre de 2028, quedando libre de cualquier fichero de morosos y sin poder ser reclamada un solo euro más por las deudas contraídas antes de iniciar el proceso", asegura la asociación, que señala la acumulación de más de 280 exoneraciones similares.