Tribunales

La Seguridad Social indemnizará a un jubilado por discriminación en el pago por maternidad

El fallo reconoce que el afectado, padre de dos hijos, tenía derecho a una revalorización del 5% en su pensión que inicialmente le fue denegada bajo el argumento de prescripción

Ciudad de la Justicia de Málaga
Ciudad de la Justicia de MálagaJUNTA DE ANDALUCÍAJUNTA DE ANDALUCÍA

El Juzgado de lo Social número 7 de Málaga ha condenado al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) a abonar 12.286 euros a un jubilado por discriminación en el complemento por maternidad.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, incluye en su fallo una cantidad de 10.486 euros en atrasos por el complemento por maternidad y una indemnización de 1.800 euros por los daños ocasionados al verse obligado a litigar para obtener el reconocimiento de su derecho.

El fallo reconoce que el jubilado, padre de dos hijos, tenía derecho a una revalorización del 5 por ciento en su pensión desde el 11 de septiembre de 2017, que inicialmente le fue denegada bajo el argumento de prescripción.

Aunque el complemento fue finalmente reconocido de manera extrajudicial en junio de 2024, el tribunal determinó que, a fecha de la presentación de la demanda, se había vulnerado un derecho fundamental, lo que generó perjuicios que debían ser compensados.

La resolución se fundamenta en la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que fija en 1.800 euros la indemnización por los perjuicios causados en estos casos.

El juzgado subrayó que la reparación económica debe incluir no solo los atrasos del complemento, sino también una compensación por los gastos y las molestias derivadas del proceso judicial.

El tribunal concluyó que la actuación del INSS vulneró el derecho fundamental a la igualdad recogido en el artículo 14 de la Constitución Española, al discriminar al demandante y obligarlo a recurrir a la vía judicial para ver reconocido un derecho ya establecido por normativas y sentencias previas.

Unive Abogados Málaga, responsable de la defensa del jubilado, ha destacado en un comunicado la importancia de este fallo para proteger los derechos de los pensionistas.

Según el equipo legal, "la sentencia reafirma que los derechos fundamentales no pueden estar sujetos a la discrecionalidad administrativa" y que "el reconocimiento tardío de estos derechos no exime a las instituciones de reparar el daño causado".

Los letrados han añadido que "casos como este demuestran la importancia de buscar asesoramiento especializado", ya que "muchas personas no son conscientes de los derechos que les corresponden y, con la orientación adecuada, pueden recuperar no solo cantidades económicas significativas, sino también una justa reparación por los perjuicios sufridos".