Tribunales

El Juzgado encausa a 17 personas por el “caso eólicas” en Castilla y León

Entre ellos figuran Rafael Delgado, ex viceconsejero de Economía y Alberto Esgueva, ex consejero de ADE Internacional

El exviceconsejero de Economía de la Junta de Castilla y León Rafael Delgado durante su comperecencia en la Comisión de investigación de las Cortes sobre parques eólicos, el edificio de Arroyo de la Encomienda, los terrenos de portillo y las sedes en el exterior, a su llegada acompañado de su abogado. EFE/NACHO GALLEGO
El exviceconsejero de Economía de la Junta de Castilla y León Rafael Delgado durante su comperecencia en la Comisión de investigación de las Cortes sobre parques eólicos, el edificio de Arroyo de la Encomienda, los terrenos de portillo y las sedes en el exterior, a su llegada acompañado de su abogado. EFE/NACHO GALLEGONACHO GALLEGOAgencia EFE

El Juzgado de Instrucción número 4 de Valladolid ha dictado un auto en el que encausa a 17 personas, entre ellas el exviceconsejero de Economía de Castilla y León Rafael Delgado y el exconsejero delegado de ADE Internacional Excal Alberto Esgueva, por el conocido como “caso eólicas”.

El Juzgado les encausa por posibles delitos de prevaricación administrativa, blanqueo de capitales, contra la hacienda pública, cohecho y pertenencia a organización criminal, han informado este jueves fuentes del TSJCyL.

Entre los diecisiete encausados por irregularidades en la adjudicación de parques eólicos, que incluye empresarios, se encuentra también el hermano de Alberto Esgueva, Francisco, expresidente del parque empresarial de Portillo (Valladolid), y el director general de Energía y Minas, Manuel O. C.

Los demás encausados son Andrés M.P., Jesús R.R., Marc N., Germán José M.G., César H.CH., Carlos G.C., María del Mar M.F., Manuel O.C., Alejandro LL. M., Miguel Ángel LL.M., Ricardo B.S., Rafael I. de la S., Pedro B.O y Patricio LL.M., este último empresario y cuñado del vicepresidente de la Junta, Francisco Igea.

El auto refleja que en la Junta de Castilla y León se entendió que el sector de las energías renovables y particularmente el eólico era un sector que facilitaba la diversificación de actividades para las empresas de la Comunidad, regulado y con un importante marco jurídico y retributivo estable, por lo que el Gobierno autonómico decidió favorecer una importante entrada de empresas de la Comunidad en las promotoras de parques eólicos.

De este empeño se encargó Rafael Delgado, junto con el fallecido exconsejero de Economía de la Junta Tomás Villanueva y, en plan ideado junto con R.B.S , decidieron exigir a los promotores cuyos parques poseían visos de obtener la autorización, bien por el avanzado estado de la tramitación de sus expedientes, bien por hallarse en zonas donde no había competencia con otros proyectos, ceder o permitir la participación de empresas locales en el proyecto bajo la amenaza de no obtener la necesaria autorización.

Esta participación debía ser próxima al 40 por ciento. Acordaron también seleccionar y favorecer a empresas pertenecientes a personas con las que tenían una especial relación, con quienes para ello actuó concertadamente, como Alberto y Francisco Esgueva, Andrés M.P , Germán José M.G. o los hermanos Miguel Ángel, Alejandro y Patricio Ll. M. para que les fuera transferida una importante participación en parques cuya autorización se había previsto, afirma el juez.

Con el fin de lograr su propósito, supuestamente Rafael D. indicó al director general de Energía y Minas, Manuel O. C., que elaborara una instrucción para que, a partir de la misma, las resoluciones de autorización administrativa del anteproyecto de la instalación no fueran dictadas por los respectivos jefes de los servicios territoriales a quienes correspondía legalmente y le fuera conferida a él la potestad de otorgarlas.

Manuel O. dictó la Instrucción no 2/2004 de 14 de abril por la que se ordenaba a los servicios territoriales que avocaran en todos los casos la autorización en favor del viceconsejero. Con la finalidad de conseguir la participación de empresarios locales en los parques eólicos, Rafael Delgado ordenó que no se solicitara la avocación de la autorización de los parques en tanto no estuviera asegurada esta participación.

Para justificar esta paralización, decidió crear una nueva fase en el procedimiento administrativo denominada competencia por evacuación que sólo superaban aquellos parques que incluían un socio local. En ejecución del plan Rafael Delgado intervino, bien paralizando la tramitación de autorizaciones, en tanto no tuvieren presencia de los socios locales deseados, de parques solicitados por distintas sociedades, bien impulsando indebidamente, o con preferencia a otros competidores con mejor posición, la tramitación de las autorizaciones de parques solicitados por PRENEAL, S.A..

El juez desglosa las personas en cuyo beneficio Rafael Delgado supuestamente intervino “ilegalmente” en la tramitación de las autorizaciones. Tras cesar el 12 de julio de 2007 en el cargo de viceconsejero de Economía, Delgado pasó a desempeñar el cargo de secretario general de la misma Consejería hasta el 30 de junio de 2011. Durante esta etapa, aprovechó para seguir impartiendo instrucciones sobre la planificación de los parques eólicos en los que Cronos Global SL obtuvo beneficios pertenecientes a diversas sociedades, sostiene el Juzgado.

Explica el juez que las irregularidades permitieron a Delgado extraer beneficios y detalla que no necesitó aportar cantidad alguna para adquirir un inmueble ya que lo obtuvo de una hipoteca bancaria que gravó el adquirido, por lo que la hipoteca se convirtió en el modo de dotar apariencia legal a los fondos con que se paga y que proceden de su actividad ilícita.

Por otra parte, el juez ordena abrir una pieza separada a fin de determinar la existencia del posible delito de blanqueo de capitales respecto a Alberto Esgueva y Germán M.G. por un presunto desvío de fondos bien a otras sociedades no residentes, bien con destino desconocido, fuera de España y de las que resultan ser beneficiarios finales.

El juez acuerda además sobreseer provisionalmente el procedimiento respecto de Gabriel Ángel J., Xabier V.S. y José P.A. Contra la resolución judicial, cabe inerponer recurso de reforma y subsidiario de apelación.