Diseño

Los Tous ganan el pulso a una empresa polaca que quería adueñarse del diseño del emblemático oso

El tribunal de Luxemburgo ha rechazado un recurso de Apart con el que quería conseguir que se declarara la caducidad del símbolo registrado por la familia española alegando que la empresa catalana no había hecho uso “durante un período ininterrumpido” de cinco años”.

El mítico diseño del oso de los Tous
El mítico diseño del oso de los TousGoogle

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) ha dado este miércoles la razón a la empresa española Tous en su disputa con la compañía polaca Apart por el símbolo del oso. El tribunal de Luxemburgo ha rechazado un recurso de Apart con el que quería conseguir que se declarara la caducidad del símbolo registrado por Tous alegando que la empresa catalana no había hecho uso “durante un período ininterrumpido” de cinco años”.

En la sentencia, el TGUE avala una decisión de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) que considera que el símbolo del oso tiene un “carácter distintivo” por lo que los consumidores le reconocen “claramente incluso cuando se muestra con variaciones.

“La EUIPO concluyó acertadamente que el uso de la marca impugnada bajo formas que divergían ligeramente del signo registrado no alteraba su carácter distintivo”, apunta el TGUE, que remarca que el hecho de que el signo del oso se haya mostrado con variaciones “no impide que el consumidor le reconozca e identifique los productos en cuestión únicamente a través del signo en cuestión”.

El caso se remonta a 2017, cuando Apart pidió a la EUIPO la caducidad del signo del oso de Tous, registrada en 2009. La empresa polaca alegaba que Tous no había hecho uso de la marca “durante un período ininterrumpido de cinco años” y un año después la compañera catalana presentó pruebas para demostrar que sí lo estaba haciendo uso. La EUIPO estimó parcialmente la demanda y Tous se quedó sin derecho a utilizar su distintivo en algunos productos, como metales preciosos, instrumentos cronométricos, cuero, pieles de animales y algunos tipos de ropa y zapatos.

Pese a darles parcialmente la razón, la empresa polaca quiso ir más allá y recurrió la decisión de la EUIPO porque sólo aceptaba parcialmente su demanda. La oficina europea desestimó el recurso al concluir que Tous sí había hecho uso del símbolo del oso y que era “inmediatamente identificable” por los consumidores, también cuando se utilizaba con “variantes”. Ésta es la decisión que Apart ha llevado al TGUE, que ahora le ha avalado.