Tribunales

El Supremo ratifica la sentencia del TSJ y anula la prioridad del valenciano en la Administración

Los Tribunales han dictaminado tres veces contra el decreto de la Generalitat, y ahora, además, le condenan en costas

Tribunal Supremo
Detalle de la fachada del Tribunal Supremo.Javier LizónAgencia EFE

El Tribunal Supremo ha dado la razón al Tribunal Superior de Justicia Valenciano en su sentencia de 2019 en la que decretó la nulidad de varios de los artículos del Decreto de la Generalitat 61/2017 que regula el uso del castellano y del valenciano en la Administración. Concretamente, anulaba los artículos que daba un uso preferente al valenciano en trámites administrativos, en las comunicaciones de los funcionarios con los ciudadanos o en la rotulación de espacios púbicos.

El PP impuso en 2017 un recurso contra parte del Decreto 61/2017 de la Generalitat Valenciana que regula el uso del castellano y del valenciano en la administración pública autonómica. En julio de 2019 el TSJCV decretaba la nulidad de los artículos del decreto que hacían referencia a tal uso.

Así, estimaba en parte el recurso interpuesto por los diputados María José Ferrer y Jorge Bellvery anulaba once artículos y una disposición final que daban un uso destacado al valenciano sobre el castellano en aspectos como las notificaciones en los trámites administrativos, la rotulación de edificios y dependencias públicas, la comunicación entre los empleados públicos y la de estos con los ciudadanos, las publicaciones y publicidad institucional, los contratos con proveedores, así como en la rotulación de carreteras, caminos y otras dependencias y servicios de interés público que depende de entidades locales.

El recurso del PP a este decreto se fundamentaba en la marginación del castellano que supone un ataque innecesario a esta lengua para defender el valenciano, ya que en 13 de los 27 artículos el valenciano no está solo como preferente, sino como excluyente y en notificaciones o comunicaciones de la Generalitat la lengua propia figura como la única lengua a utilizar.

El recurso y las medidas cautelares solicitadas pretendían garantizar la seguridad jurídica de los ciudadanos. Se da la circunstancia de que el valenciano sólo es cooficial en la Comunitat y si se enviara una notificación a un particular de Tortosa o Menorca, por ejemplo, exclusivamente en valenciano podría recurrirse ante los tribunales y ser declarada nula.

Según los populares “el decreto puede afectar además al trabajo de los funcionarios, porque parte del desideratum de que todas las personas que residen y trabajan en la Comunitat Valenciana como empleados públicos tienen un nivel óptimo de valenciano. Tanto la Constitución como el Estatuto garantizan el derecho a no ser discriminados por razón de lengua”. Hasta ahora no existía la obligatoriedad para la administración de notificar o comunicar en castellano, sino que se hacía en las dos lenguas cooficiales y lo que cambia con el decreto es que se hará exclusivamente en valenciano.

Las resoluciones del alto tribunal dejan claro que no se mantiene la igualdad, que se vulneran derechos en el ámbito de la administración y de las relaciones del ciudadanos con la Administración.

La Abogacía de la Generalitat e Intersindical Valenciana interpusieron un recurso de casación en 2018 contra la sentencia del TSJCV, recurso que desestimó el Supremo que anulaba así el pasado mes de julio la prioridad del uso del valenciano como prioritario en la Administración que había impuesto la Generalitat por decreto como lengua oficial para los funcionarios. Esta sentencia ratificaba el veredicto del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV).

La Generalitat recurrió la sentencia, esta vez mediante un incidente de nulidad, secundado también por la STEPV y, por tercera vez, el Supremo le vuelve a sancionar “por saltarse la igualdad y la libertad”.

Además, dada la perseverancia de la Generalitat, esta vez se le condena también al pago de las costas procesales que los recursos han originado.

Compromís insiste: “Recurriremos al Tribunal Supremo”

El síndic de Compromís, Fran Ferri, ha asegurado que la Generalitat “agotará todas las vías legales” para asegurar que todas las Administraciones en las que se habla “la misma lengua” pueden comunicarse en sus lenguas oficiales. Por tanto, considera que la resolución conocida hoy es un paso necesario para recurrir al Tribunal Constitucional. "Se trata de una cuestión que debería estar garantizada por la vía de la Constitución, que se puedan emplear las lenguas del Estado español de manera indistinta, sobre todo entre comunidades autónomas que las utilizan”.

Por su parte, el síndic socialista, Manolo Mata, ha afirmado que el objetivo del decreto era que en una Comunidad bilingüe la Administración tenga derecho a expresarse en cualquiera de las dos lenguas cooficiales, y si además un ciudadano quiera que se le dirijan en una lengua concreta, pueda hacerlo.

El diputado del PP en Les Corts Jorge Bellver ha señalado que el nuevo auto del Tribunal Supremo sobre el decreto de usos del valenciano es “un varapalo al pancatalanismo del Botànic. Ni el catalán es oficial en la Comunitat Valenciana ni el valenciano es oficial en Cataluña”, ha resaltado el diputado popular, quien afirmado que “el tribunal dice que el catalán y valenciano son legalmente lenguas distintas en territorios distintos”.