Tribunales

Recurren el archivo del presunto delito de odio de un edil de Podem que celebró la muerte de monjas en la Guerra Civil

Abogados Cristianos recuerdan que el Supremo condenó expresiones similares

Francisco Camps comparece como testigo en el juicio de Gürtel por la visita del Papa
Fachada de la Ciudad de la Justicia de ValenciaEnrique PalomaresEuropa Press

La Asociación Española de Abogados Cristianos ha recurrido contra el archivo de la querella por un delito de odio que presentó contra David Roig, excandidato al Ayuntamiento de Meliana (Valencia) por Podem, porque celebró en Facebook la muerte de miles de monjas durante la Guerra Civil.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Moncada (Valencia) dictó el pasado 9 de septiembre un auto en el que decreta el sobreseimiento provisional de las Diligencias Previas abiertas por esta causa.

La querella fue interpuesta ante el comentario que publicó en Facebook el imputado a propósito de una noticia del diario ABC que, en agosto de 2019, señalaba a “Las 7.000 rosas asesinadas durante la represión republicana de las que el PSOE no se acuerda”. Roig compartió en redes sociales el comentario: “¿Solo 7.000? Qué pena. Deberían de haber sido más”.

El escrito de acusación consideraba que Roig había cometido un delito de incitación al odio. El juzgado inició diligencias previas e interrogó al imputado, quien se defendió señalando que “quiso polemizar irónicamente”, según recuerda el recurso, al que ha tenido acceso EFE.

La asociación querellante no se muestra satisfecha con la prueba practicada por el juzgado, a partir de la cual acuerda el archivo, y pide que se practiquen otras, como la medición del impacto que tuvo la publicación del imputado y de las respuestas que logró en la citada red social.

En su recurso, Abogados Cristianos recuerda una sentencia del Tribunal Supremo condenando a dos años y medio a un hombre que, en 2015, publicó un comentario en redes sociales señalando: “53 asesinadas por violencia de género machista en lo que va de año, pocas me parecen con la de putas que hay sueltas”, y “2015 finalizará con 56 asesinadas, no es una buena marca, pero se hizo lo que se pudo, a ver si en 2016 doblamos esa cifra, gracias”.

La única diferencia con el caso condenado por el Tribunal Supremo es que aquí se trata de mujeres católicas, existiendo por tanto una evidente discriminación, que se evidencia cuando se recurre al archivo sin más, sin practicarse todas las diligencias y sin que ni siquiera exista juicio”, argumenta el recurso.

Por otro lado, en un comunicado, la citada asociación señala que el Juzgado de Instrucción número 4 de Moncada archivó la querella “tras el informe desfavorable de la Fiscalía”, por lo que Abogados Cristianos anuncia que “interpondrá una queja ante el CGPJ a la fiscal del caso, de conocida ideología laicista”.