Fórmula 1

Camps: “El Ayuntamiento de Valencia está obligado a cobrar la deuda a los dueños del Grao”

El expresidente de la Generalitat se refiere así al dictamen del CJC sobre la consulta que la Generalitat presentó sobre el convenio de las infraestructuras del circuito de la Fórmula 1

El expresidente de la Generalitat Valenciana, Francisco Camps, en una imagen de archivo
El expresidente de la Generalitat Valenciana, Francisco Camps, en una imagen de archivoENRIQUE PALOMARES/EUROPA PRESSENRIQUE PALOMARES/EUROPA PRESS

El expresidente de la Generalitat Francisco Camps ha afirmado que el dictamen emitido por el Consell Jurídic Consultiu (CJC) sobre el convenio para la Fórmula 1 en Valencia resalta la “obligación legal” del Ayuntamiento de cobrar esa deuda a los propietarios y promotores del PAI del Grao.

Camps se refiere así al dictamen del CJC sobre la consulta que la Generalitat presentó el pasado agosto sobre el convenio suscrito en 2007 entre la Generalitat y el Ayuntamiento de València para el desarrollo de las infraestructuras necesarias del circuito de la Fórmula 1, cuyo coste fue prestado por el Ente Gestor de la Red de Transportes y Puertos, que ahora forma parte de la Entidad Valenciana de Vivienda y Suelo (EVha), entidad adscrita a la Vicepresidencia Segunda.

En declaraciones a Efe, el expresidente explica que el propio dictamen del CJC hace referencia al convenio original de 2007 en el que se especifica que, para garantizar el retorno de ese dinero adelantado por la Generalitat, el Ayuntamiento se comprometía a “la imposición de un canon de urbanización a los propietarios del futuro Sector Grao, o al Urbanizador que en su día se seleccione”.

“El Ayuntamiento se compromete a acometer la realización de los procesos de planificación y gestión urbanística y generar los recursos económicos necesarios para recuperar la inversión de la actuación objeto de este convenio”, añadía el texto, que subrayaba: “El Ayuntamiento se obliga a tramitar y aprobar, un canon de urbanización para la financiación de las obras objeto del presente Convenio, para cubrir el coste real de la inversión”.

Para Camps, el dictamen del CJC no deja dudas en cuanto a la vigencia de aquel convenio, “que es válido a todos los efectos” y que fija sobre el Ayuntamiento la “obligación legal” de cobrar a los promotores el coste de la prolongación de la avenida de Francia y el paseo de la Alameda, por donde corrieron los coches de la Fórmula 1.

Insiste por ello en que “no existe una deuda pública, existe una deuda privada” que “aumenta año a año por los intereses”.

Para Camps, quien se pregunta “por qué el Ayuntamiento no reclama ese dinero a los promotores privados”, la Generalitat “adelantó ese dinero y tiene la obligación de reclamárselo al Ayuntamiento”, que a su vez “tiene la obligación de cobrar sin dilación a los promotores”.