Jubilación
Los españoles deberán cotizar un mínimo de 37 años para jubilarse con toda la pensión en 2020
La edad legal de jubilación subirá a 65 años y 10 meses a partir del 1 de enero. El periodo de cómputo para calcular la pensión se eleva a los últimos 23 años cotizados de la vida laboral
Cuando los trabajadores se van acercando el final de su vida laboral empiezan a cuestionarse todas las opciones correspondientes a su jubilación. ¿Cuál será la edad a la que podrán hacerlo a partir del 1 de enero? ¿Por qué aumenta de forma progresiva cada año? ¿Cuándo entrará en vigor la jubilación a los 67 años? ¿Cuantos años de cotización son necesarios para no perder ingresos en la pensión?
De momento, se mantiene en vigor la reforma del sistema de pensiones de 2011 –reformada en 2013 por el Gobierno de Mariano Rajoy–. Pedro Sánchez, con su Gobierno aún en funciones, ha anunciado varias veces que tiene en mente reformarlo de nuevo, pero su interinidad lo ha impedido. En la de 2011 se aprobó que la edad de jubilación en España debe aumentar durante un periodo transitorio de 14 años de manera progresiva. Será en 2027 cuando la edad de retiro ordinario pase de los 65 años de media en la actualidad a los 67 años.
De momento, los trabajadores que quieran retirarse en 2020 con la pensión completa tendrán que hacerlo con 65 años y 10 meses cumplidos. En realidad, esta edad es orientativa ya que la razón primordial para jubilarse con todos los derechos adquiridos se fundamenta en que se haya cotizado a la Seguridad Social durante un mínimo de 37 años o más. Por tanto, si un trabajador ha contribuido todos esos años y quiere retirarse con antelación, lo podrá hacer con todos los derechos. Pero si un trabajador decide cerrar su carrera laboral sin haber llegado al tope de cotización, perderá el porcentaje correspondiente de su pensión respecto a los años que ha dejado de cotizar. También cabe la posibilidad de seguir con la actividad laboral más allá de los 67 años si uno desea mantener su actual nivel de vida durante más años. En la reforma de 2013 también se decidió aumentar gradualmente el cómputo para calcular el montante final de la pensión, desde los 15 años de aquel ejercicio hasta los 25 años con los que se culminará en 2022. En 2020, el cálculo se establecerá con los últimos 23 años cotizados.
Jubilación parcial
Por otro lado, el Gobierno en funciones decidió en el último Consejo de Ministros del año prorrogar la cláusula de salvaguarda incluida, que mantiene las condiciones de jubilación anteriores a ese ejercicio para los trabajadores que fueron despedidos antes de la entrada en vigor de la reforma y no han vuelto a conseguir un empleo. Se trata de personas cuya relación laboral fue suspendida o extinguida antes del 1 de abril de 2013 y que se jubilarán a lo largo del próximo año. Estos trabajadores podrán retirarse con todas las garantías aun sin haber cumplido con todos los baremos de cotización exigidos. La edad mínima para la jubilación parcial se establece en 61 años y 10 meses si se tienen cotizados 35 años o más, o de 62 años y 8 meses en el caso de que se tengan 33 años cotizados, pero perderán parte de su retribución. Asimismo, todos los nacidos a partir de 1960 ya no podrán retirarse antes de los 67 años si quieren hacerlo con el 100% de la pensión, salvo que cumplan con los 38 años y medio preceptivos de cotización a la Seguridad Social.
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