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Las empresas en ERTE no podrán contratar a nuevos empleados ni pedir horas extraordinarias

El Congreso ha convalidado los decretos ley de las nuevas ayudas económicas para empresas, trabajadores y autónomos así como la prórroga de los ERTE hasta el 30 de septiembre. La mayoría de partidos piden prorrogarlos a 2021

El Congreso de los Diputados convalidó este miércoles el decreto que prorroga los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) hasta el 30 de septiembre, refuerza la protección de los autónomos con la prórroga de la prestación por cese de actividad y crea un fondo de 600 millones para el consumo energético de la gran industria con apoyo casi unánime de los Grupos parlamentarios y lo tramitará como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia. Pero casi todas las formaciones han pedido que este mecanismo se prolongue a 2021. Las prórrogas de estas medidas laborales son fruto de las negociaciones que ha mantenido el Gobierno, en el caso de los ERTE con CC OO, UGT, CEOE y Cepyme y, en el caso del “paro de autónomos”, con las asociaciones ATA, UPTA y Uatae.

Con el decreto ley, se mantiene la protección reforzada en el anterior acuerdo para las personas afectadas por ERTE derivados del Covid-19, sean de fuerza mayor total o parcial o basados en causas productivas o tramitados en caso de rebrote; se crea la figura del ERTE de transición para empresas que aún tengan problemas para reiniciar la actividad; y se incluye un nuevo tipo de ERTE para posibles cierres como consecuencia de un rebrote.

Entre las cláusulas aprobadas en la norma, se prohíbe a las empresas en ERTE la realización de horas extraordinarias, el establecimiento o la reanudación de externalizaciones de la actividad y la concertación de nuevos contratos. Sólo podrán contratar o externalizar tareas si los trabajadores de su centro de trabajo no pueden por formación, capacitación y otras razones objetivas o justificadas, realizar las funciones encomendadas al empleado que se contrata o a la externalización.

La nueva regulación, aprobada hasta el 30 septiembre, extiende a los ERTE por causas objetivas la prohibición de acogerse a este procedimiento si la empresa tiene domicilio en un paraíso fiscal. Tampoco podrá repartir dividendos, salvo si abona previamente el importe de las exoneraciones disfrutadas. Esta limitación no será de aplicación a las empresas que, a 29 de febrero de este año, tuvieran menos de 50 trabajadores en plantilla. Al mismo tiempo, se extiende el compromiso de mantenimiento del empleo de seis meses a las empresas que realicen ERTE por causas objetivas. Para las empresas que se beneficien por primera vez de las exoneraciones de cotizaciones asociadas a estos ERTE, el plazo de seis meses en el que estarán obligadas a mantener el empleo se computaría a partir de entra en vigor del nuevo decreto. La norma mantendrá hasta el 30 de septiembre la “prohibición” que estableció el Gobierno al despido por causas objetivas y la suspensión de los contratos temporales, incluidos los formativos, de relevo e interinidad.

El decreto recibió 288 síes, no acusó voto contrario alguno y sí 59 abstenciones. Se tramitará como proyecto de ley después de que algunos partidos lo reclamasen para introducir mejoras gracias al apoyo a esta demanda de 343 diputados, un voto en contra y dos abstenciones. Su defensa corrió a cargo de la ministra de Trabajo y economía Social, Yolanda Díaz, quien explicó que es “una norma de reactivación económica y, sobre todo, de compromiso con las personas y las empresas”. “Surge en un momento crítico en el que el objetivo no es sólo resolver un problema más, sino consolidar trabajos, consolidar profesiones, consolidar empresas y consolidar industrias para que sean capaces de crear riqueza, asegurar derechos”, abundó poniendo de relieve que se ha decidido además en el marco del diálogo social.