Declaración de la Renta

Qué sabe Hacienda y qué no del contribuyente: estos son los datos que no están en tu borrador

La Agencia Tributaria señala que la información que aparece en la propuesta de declaración procede de terceros como empresas, bancos, catastro y otros organismo públicos y, por lo tanto, estará incompleta

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Imagen de recurso del uso de un ordenador portátillarazonAYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO

El borrador de la Renta en principio no debe contener errores, pero lo más habitual es que esté incompleto. Hacienda no lo sabe todo de nosotros, por ello a la hora de hacer la declaración debemos estar pendientes para incorporar todas aquellos datos que puedan resultar beneficiosos para nuestro bolsillo, como las deducciones autonómicas o las cantidades aportadas a un plan de pensiones, entre otros.

La Agencia Tributaria aclara que la información que aparece en la propuesta de declaración procede de terceros como la empresa para la que trabaja el contribuyente, su banco, el catastro para los datos sobre inmuebles y otros organismos públicos en relación a ayudas y subvenciones recibidas. En concreto, la información que puede haber en la declaración se divide en tres:

1. Datos directamente trasladables. Son aquellos que no requieren ninguna información complementaria para poder ser incorporados a la declaración, se incorporan automáticamente.

2. Datos que necesitan acompañarse de algún tipo de información complementaria sin la cual no pueden incorporarse automáticamente a la declaración, en este caso saldrá el siguiente mensaje que advierte de la existencia de este tipo de datos: “A continuación se solicita información adicional para el traslado de datos fiscales correspondientes al declarante”.

3. Datos que por su naturaleza no son directamente trasladables. Estos datos simplemente tienen carácter informativo, y no son trasladables automáticamente a la declaración, saldrá un mensaje en las notas de incorporación.

Hacienda sabe esto de usted

En primer lugar los datos que sí incluye el borrador directamente son: los rendimientos del trabajo; rentas exentas; rendimientos de cuentas bancarias; dividendos; intereses de valores de deuda y similares; ventas de fondos de inversión; deducciones por donativos; préstamos hipotecarios; deducciones familiares (por maternidad, familia numerosa o familiares con discapacidad); información catastral de inmuebles; rendimientos del capital inmobiliario; y ganancias y pérdidas patrimoniales.

Datos que desconoce y deberá incluir

En cambio, la Agencia Tributaria desconoce si se han modificado algunos datos personales del contribuyente en el último. Por ejemplo, si se ha casado o divorciado, ha cambiado de domicilio, ha tenido un hijo o ha tenido mayores a tu cargo, explica la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). Si en 2020, usted o los familiares por los que aplica el mínimo familiar (descendientes, ascendientes) han obtenido el certificado de discapacidad o visto aumentar un grado de discapacidad ya reconocido, no olvide indicarlo para disfrutar de las ventajas fiscales que conlleva, porque el borrador tampoco lo incluirá, advierte OCU.

Otra información que Hacienda desconoce del contribuyente y que este deberá añadir manualmente en el borrador de la Renta son los arrendamientos de locales o pisos turísticos; las rentas procedentes del extranjero; las rentas inmobiliarias por inmuebles en nuda propiedad; las ventas de activos financieros; los rendimientos del trabajo en empleados con movilidad laboral o pagos del Fogasa; y las rentas de planes de pensiones, entre otras.

Hacienda tampoco incluirá en el borrador las distintas deducciones estatales o autonómicas de las que se puede beneficiar, como deducciones por familia numerosa, por familia monoparental, por alquiler de vivienda, ayuda doméstica, por gastos educativos, inversión en energías renovables, donativos a ONG, etc. Será su obligación incluirlas para obtener el máximo ahorro fiscal.