Declaración 2020

Un error de Hacienda impide que los autónomos en cese de actividad se apliquen deducciones familiares en la Renta

Los meses en los que se percibió la prestación aparecen como no cotizados por un fallo en el volcado de datos. ATA recomienda revisar el borrador para subsanarlo y evitar que la declaración salga a pagar

Una trabajadora de la Oficina de la Agencia Tributaria en la Calle Guzmán el Bueno (Madrid) atiende a dos personas para confeccionar la declaración de la Renta de 2019
Una trabajadora de la Oficina de la Agencia Tributaria en la Calle Guzmán el Bueno (Madrid) atiende a dos personas para confeccionar la declaración de la Renta de 2019Eduardo ParraEuropa Press

Un error de Hacienda en el volcado de datos del borrador de la Renta 2020 está impidiendo a la mayoría de autónomos en cese de actividad aplicarse las deducciones familiares, advierte Domingo Gallego, asesor fiscal ATA, en declaraciones a LA RAZÓN.ATA advierte que no se trata de un error que afecta a todos los autónomos, sino solo a aquellos que en 2020 recibieron la prestación por cese de actividad y aplican deducciones familiares como las deducciones por familias numerosas, por ascendiente con dos hijos a cargo por discapacidad de descendientes, ascendientes o cónyuge, o por maternidad. No obstante, aunque no es un error generalizado, sí resulta especialmente perjudicial para aquellos autónomos cuya actividad quedó prácticamente paralizada debido a la crisis.

El fallo reside en que los meses en los que se percibió la prestación por cese de actividad — principalmente abril, mayo y junio del año pasado, durante el confinamiento que obligó a miles de autónomos a paralizar su actividad— se detectan como no cotizados. Durante los meses no cotizados, la norma recoge que no se tiene derecho a las deducciones, mientras que si el autónomo estuvo en cese de actividad, las deducciones sí son compatibles. Ahí está el error, aclara Gallego. El asesor de ATA cree que se puede deber al volcado de los datos o a que la información aportada por la Seguridad Social es errónea.

Los efectos de este error pueden ser nefastos si los autónomos no están “ojo avizor” al revisar el borrador de la Renta, subraya Domingo Gallego. El asesor fiscal de ATA pone de ejemplo el caso de un autónomo en cese de actividad que tiene derecho a aplicarse las deducciones por familia numerosa y discapacidad por valor de 200 euros mensuales. Sin embargo, al hacer la declaración le salía que debía pagar 600 euros por no haber cotizado durante los tres meses en los que se acogió al cese de actividad.

Son compatibles y lo dice la propia Agencia Tributaria

La propia Agencia Tributaria recoge en sus preguntas frecuentes la respuesta sobre la compatibilidad entre el cese de actividad y la aplicación de deducciones. “¿Si se está percibiendo la prestación por cese de actividad para trabajadores autónomos es posible aplicar las deducciones por familias numerosas, por ascendiente con dos hijos y por discapacidad de descendientes, ascendientes o cónyuge?”, plantea en su web.

Y la respuesta es clara: “Tienen derecho a estas deducciones tanto los contribuyentes que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la que se esté dado de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad social o mutualidad, como aquellos que perciban prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo, o pensiones abonadas por la Seguridad Social, clases pasivas o mutualidades de previsión social alternativas”.

“La prestación por cese de actividad para trabajadores autónomos es una de las prestaciones del SEPE que es gestionada por las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina, con la colaboración de los servicios públicos de empleo de las comunidades autónomas. Por lo tanto, si se está percibiendo la prestación por cese de actividad para trabajadores autónomos se tendrá derecho a estas deducciones familiares durante los meses en que se perciba dicha prestación”, señala la Agencia.

Revise el borrador, el error puede pasar desapercibido

“Hacienda no está avisando de este error”, advierte ATA. Por ello, los autónomos que hayan recibido la prestación por cese de actividad deben estar especialmente atentos para no sufrir este error Hacienda que les dejará sin el dinero que les corresponde y agravará su ya maltrecha situación financiera. La parte positiva es que el fallo se puede subsanar manualmente en el propio borrador, sin necesidad de llevar a cabo ningún otro tipo de trámite.

Los autónomos afrontan sus obligaciones tributarias este año con otro varapalo impositivo. 1,4 millones de trabajadores por cuenta propia no pueden deducirse en el IRPF sus gastos de manutención por los «criterios restrictivos» que está aplicando la Agencia Tributaria (AEAT) a la hora de valorar estas deducciones. Además, la Dirección General de Tributos también determinó los autónomos que hayan visto forzados a teletrabajar por causa de la pandemia no están autorizados a deducirse los gastos de suministro, como la luz o la factura del teléfono o internet, ya que lo percibe como una “circunstancia excepcional”.