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Referencia catastral: qué es y cómo consultarla

Esta especie de matrícula de un inmueble es necesaria para la Declaración de la Renta

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ViviendasEUROPA PRESSEUROPA PRESS

La vivienda suele ser un tema que se encuentra siempre en la agenda política. En los últimos días, además, el Tribunal Constitucional anuló el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Este, más conocido como plusvalía ha supuesto un gran terremoto en la política municipal.

Este tema surge, además, en el momento en el que la nueva Ley de Vivienda en España parece tomar forma y haber generado más de una tensión dentro del gobierno de Pedro Sánchez.

Este tributo que se paga tras haber adquirido una casa en herencia o tras recibir un inmueble en una donación, ha sido declarado nulo tras años en vigor. El impuesto, grava aquella subida de valor en un terreno urbano, ya sea edificado o no, desde que se adquiere hasta su venta.

Esto podría suponer un gran problema a las arcas municipales pues la recaudación de este impuesto es muy importante. La tasa, supone una fuente considerable de financiación municipal con unos 2.500 millones de ingresos al año.

En esta misma línea aparece un concepto muy importante dentro del mercado de la vivienda. Hablamos del valor catastral de esta y su importancia en distintos ámbitos de la vida como la Declaración de la Renta.

Referencia Catastral

La referencia catastral es aquel identificador de forma oficial y obligatoria de los bienes inmuebles de España. Todos los pisos, apartamentos, casas y locales cuentan con una referencia catastral, que consiste en un código alfanumérico.

Este está asignado por el Catastro y consiste es una especie de matrícula o un DNI para un inmueble. Así, estos estarán identificados de forma oficial para que todo el mundo tenga una identidad única.

Su identificación y características, además, son únicas y permiten tener constancia a usuarios y administraciones las referencias. Esto permite que cuando se dé el número se pueda situar el piso en un punto exacto dentro de los registros oficiales.

Así las cosas, esto apunta que catastral se trata de una dirección física. Un ejemplo sería como buscar ese inmueble en Maps pero con un número preciso y sin margen de error.

Pero no se debe caer en el error de considerar igual la referencia catastral y el valor catastral. Como ya se ha mencionado el primer concepto es un identificador, en cambio, el valor, trata de la estimación administrativa de la vivienda a partir del precio del suelo y la obra.

Si vives en una comunidad de vecinos, tu referencia catastral apuntará al piso exacto en el que vives, teniendo en cuenta su número de portal, su bloque o escalera, su piso y su número o letra. Así pues, la referencia catastral de tu piso será diferente a la del resto de tus vecinos, cada piso tiene su propio código o matrícula.

En una comunidad de vecinos, por ejemplo, cada referencia será la del piso exacto teniendo en cuenta el número de portal, el bloque, el piso y su número o letra que sea. Así, cada referencia será distinta, como una especie de matricula original.

Cómo consultarlo

Gracias a la referencia catastral podemos saber todos los datos del piso consultado. Esto puede ser muy útil a la hora de presentar la declaración a Hacienda o al ir a firmar un contrato de alquiler.

Así, se podrán obtener todos los datos de fechas de construcción, superficies, metros cuadrados o la clase y uso principal del inmueble consultado. Pero consultarlo puede suponer algún problema que a continuación le expondremos como solucionarlo:

  • Lo primero es entrar en la página oficial de la Sede Electrónica del Catastro.
  • Una vez ingresado, debemos pulsar en la parte central de la web, donde vemos un mapa y así, acceder al buscador de inmuebles.
  • Ahora, debe entrar en la pestaña Calle/Número y escribir la dirección completa con todos los datos. También puede usar las coordenadas de GPS para que aparezca.
  • Una vez haya realizado estos pasos ya podrá consultar la Referencia catastral que le será requerida, por ejemplo, en la Declaración de la Renta.