Vivienda

Esta es la forma de solicitar una vivienda social y los requisitos que debe cumplir

Estas residencias están destinadas a ofrecer hogar a aquellas personas cuya situación económica les impide acceder a una vivienda en otras condiciones

Llaves de una vivienda
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La vivienda social o protegida en España tiene un precio inferior al del mercado, dado a que están destinadas a ofrecer un hogar a aquellas personas cuya situación económica les impide acceder a una residencia en otras condiciones.

Estas viviendas solo podrán destinarse a residencia habitual y permanente (tanto en el caso del alquiler como en el de compra), las cuáles cuentan con unas características determinadas y para acceder a ellas los solicitantes deberán cumplir una serie de requisitos.

Tipos de viviendas de protección oficial

Existen distintos tipos de viviendas sociales según su grado de protección, características y su régimen:

  • Viviendas de protección oficial de promoción pública: Estas son las que promueve el Estado y se adjudican a los inquilinos mediante un sorteo público y para poder optar a ellas, los interesados deben inscribirse en los registros de demandantes de la comunidad autónoma que les corresponde.
  • Vivienda de protección oficial de promoción privada: Estas son construidas por promotoras inmobiliarias o cooperativas, las cuáles reciben una subvención del Estado para compensar el precio limitado de venta o alquiler.
  • Viviendas con protección pública básica (VPPB): Estas se caracterizan por contar con una superficie construida máxima de 110 m2, a excepción de las familias numerosas, en las que podrían llegar hasta los 150 m2. Estas viviendas tienen un régimen de protección de 20 años, aunque se pueden vender antes si se cumple un precio máximo de venta legal
  • Viviendas de precio limitado (VPPL): La superficie máxima de estas viviendas es de 150 m2 y solo pueden estar construidas en suelo destinado a vivienda social.
  • Vivienda de integración social (VIS): Son viviendas con una superficie máxima de 130 m2 para personas que requieren de protección social y estas nunca se pueden tener en propiedad, pero sí en arrendamiento.
  • Viviendas con protección pública para arrendamiento (VPPA): Estas viviendas tienen una superficie de entre 110 m2 y 150 m2 en los casos de las familias numerosas; y para acceder a ellas se requiere una renta máxima anual, teniendo incluso la opción a compra (VPPA OC).
  • Vivienda de Precio Tasado (VPT): Estas viviendas son casas inicialmente destinadas a la compra, aunque se pueden alquilar posteriormente bajo unas condiciones.

Características de las viviendas sociales

  • Domicilio permanente: Las VPO deben ser la residencia permanente de sus inquilinos, por lo que si se detecta otro uso como de segunda vivienda, se impondrá una sanción. Por lo tanto, los inquilinos no podrán poseer otra vivienda y deberán estar empadronados en la comunidad autónoma de la casa.
  • Precio limitado: Su precio, tanto de de venta como de alquiler es fijado por el Estado y este siempre debe ser inferior al del mercado libre. Para acceder a estas viviendas, las familias deben tener un nivel de rentas determinado de acuerdo con el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
  • No son de libre disposición. Las viviendas de protección oficial no pueden traspasarse a no ser que transcurran 10 años, ya que suele ser el plazo estipulado por la administración; y en el caso de llevar a cabo este traslado, puede tener que ajustarse a los límites que imponga su regulación.
  • Beneficios fiscales y ayudas. Las viviendas sociales disfrutan de beneficios fiscales y ayudas para que se pueda acceder a ellas (préstamos, subvenciones, etc.).

Requisitos para acceder a una vivienda social

La persona que quiera solicitarla deberá cumplir una serie de requisitos, ya que en caso contrario los interesados no podrán adquirir estas viviendas en régimen de compra:

  • Ser mayor de edad.
  • Estar inscrito en el registro de demandantes de VPO de la comunidad autónoma para así poder participar en el sorteo público, aunque los requisitos cambian dependiendo de la autonomía en la que se encuentre.
  • Los miembros de la unidad familiar solicitante no pueden ser propietarios de otra casa.
  • No haber sido propietario de otra vivienda de protección oficial en el pasado.
  • La vivienda deberá ser la residencia habitual.
  • No superar el límite de rentas establecido y cada comunidad autónoma lo fija dependiendo del tipo de vivienda que suele estar entre 2,5 y 5,5 veces el IPREM.
  • No podrán acceder aquellas personas que han obtenido ayudas en materia de vivienda por parte del Estado en los últimos 10 años.

Requisitos de una vivienda con alquiler social

En este caso, entran en juego algunas características que lo hacen diferente al régimen de compra, aunque también depende de cada una de las autonomías. Para acceder a un alquiler social se deben cumplir algunos de estos requisitos:

  • Los ingresos del solicitante, junto con los de la unidad familiar, no pueden superar tres veces del IPREM.
  • Ser mayor de edad con nacionalidad española, aunque también es válido el permiso de residencia permanente.
  • No ser propietario de ninguna vivienda, ya sea el solicitante o su unidad familiar.
  • No recibir ningún tipo de ingresos, tanto por trabajo como por prestaciones.
  • Estar jubilado y poseer deudas hipotecarias que superen las prestaciones.
  • Tener hijos menores de edad o ser una familia monoparental con hijos a cargo.
  • Tener 60 años.
  • Se puede solicitar si en la unidad familiar hay un miembro con una discapacidad de al menos el 30%.
  • Personas vulnerables.
  • Que la unidad familiar cuente con un miembro que haya sido víctima de violencia de género.