Desempleo

¿Puedo solicitar el paro si tengo días de vacaciones por disfrutar?

Las vacaciones no disfrutadas tras finalizar un contrato de trabajo influyen en el plazo de espera para solicitar la prestación por desempleo. El SEPE aclara esta cuestión

Varias personas pasan por delante de una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal
Varias personas pasan por delante de una oficina del Servicio Público de Empleo EstatalCarlos LujánEuropa Press

Las vacaciones no disfrutadas tras finalizar un contrato de trabajo influyen en el plazo de espera para solicitar el paro. Pero, ¿cómo? El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) aclara a través de sus redes sociales cómo afecta este supuesto a la solicitud de la prestación por desempleo.

Si te quedan días de vacaciones por disfrutar, no puedes solicitar tu prestación contributiva todavía porque no estás aún en situación legal de desempleo requisito indispensable para tener derecho a la prestación por desempleo”, explica el SEPE. “La situación legal de desempleo se produce tras el período de vacaciones que no has disfrutado y que la empresa te ha pagado en la liquidación o finiquito, periodo en que sigue siendo obligatoria la cotización a la Seguridad Social”, añade.

La norma general señala que el plazo para pedir el paro es de 15 días hábiles desde la fecha del cese en el trabajo, bien sea por despido, finalización de contrato, etc. Sin embargo, algo muy frecuente es que al terminarse el contrato el trabajador tiene pendientes de disfrutar días de vacaciones y la empresa decide pagárselas en la liquidación.

En ese caso, el plazo de los 15 días para pedir el paro comienza a contar no desde la fecha del cese, sino al final del último día de vacaciones, ya que esos días de vacaciones no disfrutadas que la empresa ha pagado al trabajador se consideran asimilados al alta. Por ello, el trabajador no se encontrará en situación legal de desempleo hasta que hayan transcurrido esos días. De esta manera, una vez transcurridos los días de vacaciones el trabajador tiene 15 días para solicitar su prestación por desempleo, ya sea por la sede electrónica del SEPE o acudiendo con cita previa a una oficina de prestaciones del SEPE. Además, el organismo recuerda que “debes darte de alta previamente como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de tu comunidad autónoma”.