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Agencia Tributaria

¿Compartes cuenta bancaria con tus hijos? Presta atención porque Hacienda podría multarte

La Agencia Tributaria puede interpretar los gastos compartidos como préstamos no delcarados

La OCU avisa de que, aunque es necesario tener ahorros en el banco, deberíamos tener un límite en nuestras cuentas bancarias para evitar problemas de dinero en el futuro Dreamstime

Llega un punto en la vida de un joven en el que necesita gestionar pagos. Sin embargo, por falta de independencia financiera, depende de sus padres para hacerlo. La solución que muchos progenitores han adoptado para gestionar esta situación ha sido compartir cuentas bancarias con sus hijos, de manera que puedan acceder a sus fondos y cubrir sus gastos.

Sin embargo, Hacienda complica la simplicidad de esta solución. Ahora, el hecho de compartir dinero con los hijos puede ser sancionado según la Ley 29/1987, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, según informa El Economista.

¿Por qué puede ser sancionado por compartir una cuenta con sus hijos?

La sanción puede imponerse si la Agencia Tributaria sospecha que existe una donación encubierta (es decir, un regalo disfrazado de venta para evitar el pago del impuesto de donaciones) o un préstamo no declarado del padre al hijo.

Existen ciertos préstamos que deben declararse ante Hacienda, entre ellos los realizados entre familiares. Es decir, si un padre “presta” 7.000 € a su hijo, ese préstamo debe ser declarado. Esto también se aplica a las cuentas bancarias compartidas.

Aunque el hijo sea uno de los titulares de la cuenta, si su progenitor ingresa dinero en ella y el hijo lo utiliza, también se debe formalizar el préstamo. Esto es necesario para evitar que la Agencia Tributaria interprete esos gastos como un intento de eludir el pago de impuestos sobre préstamos y donaciones.

Es importante tener esto en cuenta ya que, según el Código Civil: “El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento”.

¿Qué ocurre si no declaro el préstamo?

No se va a la cárcel por no haber tramitado un préstamo familiar, ya que no se considera un delito como tal. Sin embargo, sí pueden imponerse sanciones.

Las multas pueden oscilar entre el 50 % y el 150 % del dinero no declarado, dependiendo de cuánto se haya intentado ocultar o si hubo intención deliberada. Por ejemplo, si el hijo gasta 6.000 € de la cuenta compartida y no se formaliza el préstamo, la familia podría recibir una multa de aproximadamente 3.000 €.

Para evitar una sanción de Hacienda, el préstamo debe declararse a través del modelo 651 de donaciones en la comunidad autónoma correspondiente. De esta forma, se puede evitar llamar la atención de la Agencia Tributaria y se reduce el riesgo de una inspección.

¿Debo declarar cada vez que mi hijo gaste de la cuenta compartida?

Solo es necesario formalizar el préstamo cuando supere los 6.000 €, ya que todos los movimientos por encima de esta cantidad son informados automáticamente a Hacienda. Es decir, se puede seguir compartiendo cuentas sin necesidad de declaración, siempre que los gastos permanezcan por debajo de esa cifra.