Hacienda
Diez trucos para pagar menos a Hacienda
Mañana arranca la campaña de la renta de 2018 en la que casi 20 millones de contribuyentes saldaran cuentas con el fisco. Aunque este momento es temido por muchos, la realidad es que aproximadamente el 70% de las declaraciones saldrán a devolver. Sin embargo, muchas personas podrían beneficiarse en mayor medida de lo que lo hacen, motivo por el que los técnicos de Hacienda (Gestha) han confeccionado un decálogo que permite evitar errores antes de confirmar el borrador y sacar el mayor partido posible a la declaración de la renta. Entre las novedades más importantes de este año están la exención de las prestaciones de maternidad y paternidad, el incremento de la deducción por maternidad por gastos en guarderías y la subida del límite excluyente de la obligación de declarar para los contribuyentes que perciban rendimientos de trabajo de más de un pagador, hasta los 12.643 euros.
1/ Prestaciones exentas
La exención de las prestaciones de maternidad y paternidad pagadas por la Seguridad Social es la principal novedad de la campaña de este año, después de la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en octubre de 2018. Por ello, Gestha recomienda revisarlo para asegurarse de que estos rendimientos no están incluidos. También, se incrementan los límites exentos de las becas públicas y de las concedidas por entidades sin fines lucrativos o por fundaciones bancarias para cursar estudios reglados a partir del 1 de enero de 2018.
2/ Titularidad de los inmuebles y alquileres turísticos
Las viviendas y locales vacíos generan lo que se denomina “imputación de rentas inmobiliarias”, un ingreso que se estima en un porcentaje del valor catastral del inmueble. En este aspecto hay que revisar que estas imputaciones sean correctas, que no haya viviendas que ya no sean de nuestra propiedad, que sean de varios titulares, que esté habitada por el excónyuge... Por otra parte, los contribuyentes no deben olvidar incluir como rendimiento de capital inmobiliario los alquileres turísticos, después de que en 2018 se regulara por primera vez la obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas para estos fines.
3/ Ganancias patrimoniales
Los técnicos avisan de que, a partir del 1 de enero de 2018, las ayudas públicas como los incentivos a la compra de un vehículo o las ayudas para la compra o reforma de una vivienda se incluyen dentro del límite conjunto de 1.000 euros anuales que determina la obligación de declarar el IRPF. Los rendimientos negativos del ahorro pueden compensarse con el saldo positivo de las ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidas en el mismo periodo impositivo, con un límite que desde 2018 ha aumentado al 25% de dicho saldo positivo, y viceversa, las pérdidas con los rendimientos positivos.
4/ Cambios en la situación familiar
A la hora de hacer la declaración de la renta hay que considerar los cambios del estado civil, defunciones y en especial de nacimientos que conllevan en bastantes casos no sólo el mínimo familiar, sino también la posibilidad de deducciones familiares. En enero de 2018 se introdujo una nueva deducción para aquellos contribuyentes que no puedan presentar declaración conjunta por residir parte de los miembros de su unidad familiar en otro Estado miembro de la UE. La finalidad de esta nueva deducción es equiparar la cuota a pagar de estos contribuyentes con la que correspondería si todos los miembros de la unidad familiar hubieran sido residentes fiscales en España.
5/ Deducciones especiales
Otra de las novedades más significativas de la campaña de este año reside en el aumento de hasta 1.000 euros adicionales del importe de la deducción por maternidad cuando el contribuyente tenga gastos en guarderías o centros de educación infantil de sus hijos menores de tres años.
5/ Deducciones autonómicas
Desde Gestha señalan que es particularmente importante dedicar un poco de tiempo a leer las deducciones autonómicas, porque pueden suponer importantes beneficios fiscales (gastos por estudios de los hijos, por adopción, alquiler de vivienda...). Los técnicos recuerdan que la deducción por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla se ha elevado desde el 50% hasta el 60%, y La Rioja ha fijado el mínimo por discapacidad de descendientes (3.300 euros con discapacidad entre el 33% hasta el 65% o 9.900 euros con discapacidad desde el 65%).
6/ Alquiler de vivienda habitual
Aunque la deducción estatal por alquiler de vivienda habitual ya desapareció, se mantiene vigente para los contratos firmados antes de 2015. Los inquilinos con contratos anteriores a esa fecha pueden seguir deduciéndose el 10,05% de las cuotas por el alquiler, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107 euros anuales. En cualquier caso, todas las autonomías, excepto Murcia, tienen establecidas deducciones al alquiler.
7/ Compra de vivienda y cláusulas suelo
La deducción por adquisición de vivienda habitual, que también desapareció, continúa siendo aplicable para aquellos que la compraron o realizaron algún pago para su construcción antes de 2013. Por otra parte, aún en 2018 siguen existiendo cantidades devueltas procedentes de las cláusulas suelo de las hipotecas, y no deben ser olvidadas a la hora de confirmar el borrador. Gestha aclara que el dinero que se pagó al banco y que éste devolverá después, es el reintegro de un pago indebido, por lo que no constituye renta. Tampoco se integrarán en la base imponible los intereses de indemnización relacionados con las cláusulas suelo.
8/ Aportaciones a partidos políticos y donativos
“La solidaridad y la ideología desgravan”, dice Gestha, de manera que las aportaciones a los partidos políticos dan derecho a una deducción del 20% de las cuotas de afiliación. La base máxima de esta deducción será de 600 euros anuales y estará constituida por las cuotas de afiliación y aportaciones previstas en la Ley sobre financiación de los partidos políticos. Asimismo, la última reforma fiscal introdujo mejoras para algunas deducciones por donativos.
9/ Planes de pensiones
La reforma fiscal redujo la cantidad límite que se puede aportar para reducir la base imponible, desde los 10.000 hasta los 8.000 euros, siempre que no supere el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, independientemente de la edad. Además, también se pueden reducir en la base imponible las aportaciones a planes de pensiones del cónyuge del contribuyente cuando éste no perciba rendimientos del trabajo o de actividades económicas, o sean inferiores a 8.000 euros al año. En este caso, el límite de la aportación ha aumentado de 2.000 a 2.500 euros.
10/ Autónomos. Gastos por trabajar en casa
Los autónomos que trabajan en su propia vivienda pueden deducirse determinados gastos, como las facturas de agua, gas, luz, teléfono o internet. En la campaña de este año podrán deducirse el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que pueda probarse otro porcentaje superior o inferior. Además, también es posible deducirse algunos gastos en los que incurren los autónomos en el desarrollo de su actividad en establecimientos de restauración y hostelería, y que paguen utilizando cualquier medio electrónico, con un límite de 26,67 euros diarios en España y de 48,08 euros en el extranjero. Si tuviera que pernoctar una noche como consecuencia del desplazamiento, estos límites aumentan hasta los 53,34 euros diarios en España y los 91,35 euros diarios en el extranjero.
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