Tribunales

El Supremo declara abusiva la comisión por números rojos

Condena a Kutxabank a eliminar su comisión de 30 euros por una denuncia de la Asociación de Consumidores Vasca. Entiende que no se puede cobrar dos veces, por pasarse de la fecha de pago y por los intereses de mora

El Supremo declara abusiva la comisión por números rojos
El Supremo declara abusiva la comisión por números rojoslarazon

Condena a Kutxabank a eliminar su comisión de 30 euros por una denuncia de la Asociación de Consumidores Vasca. Entiende que no se puede cobrar dos veces, por pasarse de la fecha de pago y por los intereses de mora

Desde ayer, los bancos tendrán más complicado cobrar de más por las comisiones de descubierto. Así lo avaló el Tribunal Supremo, que acordó estimar una denuncia de la Asociación de Consumidores y Usuarios Vasca (EKA/ACUV) y anular la comisión de 30 euros que Kutxabank cobraba a sus clientes por descubiertos en sus cuentas al considerarla abusiva, ya que ni siquiera discrimina periodos de mora, de modo que «basta la inefectividad de la cuota en la fecha de pago prevista para que, además de los intereses moratorios, se cobre al cliente la citada comisión», es decir, se haga por partida doble. El Tribunal Supremo se apoya en una sentencia del Tribunal de Justicia Europeo, que el pasado 3 de octubre estableció que el consumidor debe poder comprobar que no hay solapamiento entre los distintos gastos o entre los servicios que se le prestan.

En su sentencia, la sala de lo Civil, que se pronuncia por primera vez sobre este tipo de comisiones, entiende que la comisión de reclamación de posiciones deudoras no es una cláusula penal, porque «ni contiene un pacto de preliquidación de los daños y perjuicios, ni sustituye su indemnización, que se sustanciará en el pago de los intereses moratorios pactados, siempre que no sean abusivos». Además, sostiene que «si la comisión tuviera una finalidad puramente punitiva, sancionaría nuevamente el descubierto e incurriría en desproporción».

Los magistrados confirman así el criterio de la Audiencia Provincial de Álava, que en diciembre de 2016 dio la razón a la Asociación de Consumidores y Usuarios Vasca (EKA/ACUV) y obligó al banco a eliminar la comisión que graba los números rojos de sus clientes o cuando tienen un retraso en el pago de los créditos.Dicho fallo fue recurrido en casación por Kutxabank, que alegó que la cláusula procuraba a la entidad «una indemnización justa cuando el deudor incumple sus obligaciones contractuales».

Ahora el Supremo desestima tales pretensiones y recuerda que el propio organismo supervisor, el Banco de España, «sólo avala su uso en contados supuestos». Por ello, Kutxabank deberá eliminar de manera inmediata la indicada cláusula de sus condiciones generales y no podrá aplicar la comisión de 30 euros en ningún caso.