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Desempleo

Estas son las 4 formas de autodespedirte de tu empresa y cobrar el paro y la indemnización

Las personas que decidan abandonar de forma voluntaria su puesto, por norma general, no podrán percibir una prestación contributiva por desempleo

Un trabajador despedido istock

El ambiente laboral muchas veces acaba volviéndose insostenible y renunciar parece la única salida a esa situación. No obstante, muchos trabajadores deciden aguantar, ya que cortar por lo sano la relación con la empresa supondría perder el derecho al paro y a quedarse sin ingresos.

La prestación contributiva por desempleo, más conocida como paro, protege "la situación de desempleo de quienes pudiendo y queriendo trabajar, pierdan su empleo de forma temporal o definitiva o vean reducida temporalmente su jornada ordinaria de trabajo entre un mínimo de un 10% y un 70%". Así lo define el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Por tanto, en base a esta descripción, si una persona decide autodespedirse y abandonar de forma voluntaria su puesto no podrá percibir esta prestación.

No obstante, existen varias formas para que los que estén quemados en su empresa puedan abandonarla y recibir una indemnización y paro, tal y como explica el abogado laboralista Juanma Lorente en un vídeo publicado en la red social TikTok.

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Cambio en las condiciones de trabajo

"Si la empresa decide cambiarte tus funciones totalmente, podrás irte de la empresa con indemnización y con paro", afirma Lorente.

Asimismo, un empleado podrá marcharse de su compañía con derecho a paro y una indemnización si esta decide bajarle su sueldo o si bien le cambia por completo el horario de trabajo y le causa un perjuicio. Esto es es lo que se conoce como una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

"Si el trabajador resultase perjudicado por la modificación sustancial tendrá derecho a rescindir su contrato y percibir una indemnización de veinte días de salario por año de servicio prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año y con un máximo de nueve meses", tal y como establece el artículo 267.2 de la Ley General de la Seguridad Social.

Movilidad geográfica

El trabajador también podrá rescindir su contrato y recibir el paro si la empresa le obliga a trasladarse a un centro de trabajo distinto y cambiar de residencia sin haberle notificado con una antelación mínima de 30 días a la fecha de su efectividad. En este caso, el trabajador podría reclamar una indemnización de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.

Vïctima de violencia de género o sexual

La persona trabajadora que sea víctima de violencia de género o de violencia sexual en su puesto de trabajo podrá autodespedirse y cobrar la prestación por desempleo.

No pagar el salario pactado

Los empleados podrán también dejar su empresa y cobrar el paro por falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario pactado, así como por cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones del empresario, salvo los casos de fuerza mayor.