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Esto es todo lo que debe saber sobre su informe de vida laboral

Este documento contiene la información sobre todos los periodos que haya cotizado a la Seguridad Social una persona trabajadora

Informe de vida laboral. Fuente: Seguridad Social
Informe de vida laboral. Fuente: Seguridad SocialLa Razón

El informe de vida laboral es uno de los documentos más solicitados por las empresas ya que este contiene la información sobre todos los periodos que haya cotizado a la Seguridad Social una persona trabajadora. Además, este informe, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social, también es útil a la hora de solicitar una pensión de jubilación, darse de alta en el paro o incluso solicitar un préstamo bancario.

En este informe detallado de la trayectoria profesional de una persona trabajadora figuran las altas, bajas y variación de datos en función de los trabajos desempeñados. Aunque este informe se corresponde al 100% con la realidad, puede contener información errónea. "En la mayoría de los casos se producen con trabajos realizados hace muchos años cuando no existían bases informáticas. Si detecta un error debe presentar una reclamación de datos de su vida laboral y, en la medida de lo posible, aportar la información de que disponga", explican el blog de la Seguridad Social.

Por ello, desde la Seguridad Social destacan las cuestiones más habituales relacionadas con el informe de vida laboral que deben tenerse en cuenta para ahorrarnos alguna que otra sorpresa:

  • Régimen de la Seguridad Social: el trabajo por cuenta ajena se incluye en el régimen general, al igual que figurará en el caso del régimen del mar o de la minería del carbón, entre otros.
  • Empresa y situaciones asimiladas: esta cuestión explica el concepto por el que ha cotizado a la Seguridad Social. Si se está cotizando a través de una empresa, esta estará identificada con el Código de Cuenta de Cotización; mientras que si se realiza como autónomo, figurará la clave de la provincia en la que se dio de alta. Asimismo, aparecen otras situaciones llamadas asimiladas como la prestación por desempleo o las vacaciones retribuidas y no disfrutadas, entre otras.
  • Fecha de alta y fecha de efecto de alta: es el momento en el que el trabajador empieza a cotizar cuando le dan de alta en una empresa y, a veces, puede no coincidir con la fecha de efectos. Las altas en la Seguridad Social deben ser previas o simultáneas al momento en que se producen. En el caso de que se presenten con posterioridad, surten efectos en el momento de la presentación.
  • Fecha de baja, final de la situación laboral: esta determina cuando finaliza una situación laboral y, por tanto, se deja de cotizar por ella. "Hay hasta seis días de plazo para presentar una baja que ya se ha producido. Si la baja no se ha producido, el recuadro mostrara unas rayas discontinuas, que indican que la situación no se ha cerrado y prosigue", explica la Seguridad Social.
  • El tipo de contrato de trabajo: C.T. es la clave que identifica la modalidad del contrato de trabajo.
  • Trabajo a tiempo parcial: si una persona trabaja a tiempo parcial, la clave C.T.P.% identifica el coeficiente de parcialidad sobre la jornada habitual en una empresa o reflejado en un convenio. Si la jornada normal es de ocho horas y alguien ha estado trabajando cuatro horas diarias, el informe de vida laboral reflejará un coeficiente del 50%.
  • Grupos de cotización: existen tramos o categorías profesionales asociadas a los trabajos. La columna G.C. los identifica, yendo del 01 al 11, siendo el menor número ingenieros y licenciados, y el mayor, menores de 18 años.
  • Días que consten como trabajados.