Hacienda

Hacienda lo confirma: si vives con mayores de 65 años puedes recibir 1.150 euros de ayuda

El organismo público ofrece una deducción fiscal para aquellos ciudadanos que convivan con personas mayores de 65 años

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Declaración de la rentaLa Razón

El pasado 2 de abril arrancó la campaña de la renta para todos los contribuyentes españoles. De manera anual, los ciudadanos deben presentar los resultados de los ingresos y gastos correspondientes al año anterior, con el objetivo de estar al día con la Agencia Tributaria.

En muchos casos, tras presentar la declaración de la renta, Hacienda reclama al contribuyente dinero debido a las cuentas realizadas. Este dinero debe ser abonado en un plazo establecido por el propio organismo, enfrentándose a sanciones en caso de no realizarlo a tiempo.

Sin embargo, existen una serie de deducciones que los ciudadanos deben aplicar en el formulario si desean beneficiarse de ellas. Eso si, es necesario cumplir con los requisitos establecidos para que Hacienda entienda que dicha deducción puede ser efectiva.

En este sentido, existe una deducción fiscal en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) para los contribuyentes que convivan con ascendientes mayores de 65 años. Una rebaja que pocos conocen y que puede ser muy efectiva en el resultado final de la renta.

Deducción fiscal por convivir con mayores de 65 años

Se trata de una ayuda otorgada a aquellas personas que conviven con ciudadanos mayores de 65 años y cumplen con una serie de requisitos. El objetivo principal de esta iniciativa es aliviar la carga económica que puede suponer el cuidado de estas personas mayores.

Requisitos

Para acceder a este beneficio, es necesario cumplir con ciertas condiciones relativas a la edad, convivencia e ingresos del ascendiente. Estas condiciones son:

  • El ascendiente debe tener más de 65 años. Además, en caso de que el ascendiente tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, se puede aplicar la deducción independientemente de su edad.
  • Debe haber convivido con el contribuyente durante al menos la mitad del período impositivo. En el caso de ascendientes con discapacidad que dependan del contribuyente y estén internados en centros especializados, se considera que cumplen con el requisito de convivencia.
  • No debe haber obtenido rentas superiores a 8.000 euros anuales, excluidas las rentas exentas del impuesto.
  • El ascendiente no debe presentar declaración del IRPF con rentas superiores a 1.800 euros.

Cuantías

En caso de cumplir con los requisitos establecidos, la medida permite deducir hasta 1.150 euros anuales por cada ascendiente. Además, si el ascendiente tiene más de 75 años, la ayuda es amplia 1.400 euros más, lo que deja el importe en 2.550 euros.

Advertencias de la Agencia Tributaria

En el supuesto de fallecimiento del contribuyente, la cuantía del mínimo del contribuyente se aplicará en su integridad. Por su parte, en declaración conjunta de unidades familiares no da derecho a la aplicación del mínimo del contribuyente el otro cónyuge, pero sí resulta computable el incremento del mínimo del contribuyente, si su edad es superior a 65 años o a 75 años.

Otras deducciones

Existen otras deducciones dentro de Hacienda en relación con la declaración de la renta. Estas son:

  • Maternidad: independientemente de cuál sea la situación laboral de las madres, éstas podrán beneficiarse de una bonificación de hasta 1.200 euros en su renta de 2025 por cada hijo menor de tres años.
  • Planes de pensiones: los contribuyentes con planes de pensiones podrán disfrutar este año de deducciones de hasta 1.500 euros.
  • Afiliación sindical o política: las deducciones pueden llegar a alcanzar los 600 euros, siempre que los contribuyentes demuestren estar afiliados a algún sindicato o partido político.
  • Hipotecas: las personas que hayan comprado una vivienda antes del 1 de enero del año 2013 podrán desgravarse un15% del importe amortizado en sus hipotecas, siempre y cuando éste no supere los 9.000 euros.
  • Alquileres: las deducciones por alquiler dependerán de la legislación de cada una de las comunidades autónomas, así como los requisitos con los que deben cumplir los contribuyentes para aplicar esta deducción.
  • Donaciones: las donaciones realizadas por los contribuyentes a lo largo del año también podrán descontarse en la renta de 2025, y las deducciones pueden llegar a alcanzar el 80%.
  • Venta de vivienda para mayores de 65 años: los contribuyentes que superen esta edad y decidan vender su propiedad este año, no tendrán que declarar las ganancias derivadas de esta venta en su declaración de la renta de 2025.
  • Inversión en nuevas empresas: los contribuyentes podrán beneficiarse de deducciones de hasta el 30%, siempre y cuando sus inversiones no superen los 60.000 euros al año.
  • Eficiencia energética: desde Hacienda también permitirán a los contribuyentes aplicar una serie de deducciones por las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que permitan alcanzar mejoras de la eficiencia energética.