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Jubilación

Jubilarse de manera anticipada sin penalización es posible: estas son las diferentes opciones según cada trabajador

Las condiciones de la jubilación anticipada varían según cada trabajador

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La jubilación en España requiere de muchos años de esfuerzo y de trabajo. Es necesario cumplir con una serie de requisitos hasta llegar a la edad ordinaria de jubilación, que permite al trabajador seguir ingresando dinero sin tener que trabajar.

Sin embargo, existe la posibilidad de optar por la llamada 'jubilación anticipada', donde se permite la retirada del trabajo antes de lo fijado por la Seguridad Social. El organismo público contempla la posibilidad de retirarse dos años antes de la edad ordinaria, aunque hacerlo puede recortar de forma considerable la pensión futura, incluso para quienes han cotizado más de cuarenta años.

A medida que la edad legal de jubilación sigue aumentando de forma progresiva, muchas personas comienzan a plantearse adelantar su retirada del mercado laboral. Para 2025, las personas que hayan cotizado 38 años y tres meses o más podrán retirarse a los 65 años, mientras que quienes no cumplan con este periodo deberán hacerlo a los 66 años y ocho meses.

Por su parte, en 2026 solo quienes hayan cotizado al menos 38 años y tres meses podrán jubilarse a los 65 años con el 100% de su pensión. El resto deberá esperar hasta los 66 años y 10 meses. Por ello, la opción de anticipar esta jubilación suena entre muchos ciudadanos.

Jubilación a los 63 años

Aquellos ciudadanos que quieran retirarse antes de tiempo, pueden hacerlo. La Seguridad Social contempla la posibilidad de jubilarse con 63 años de forma voluntaria, aunque esta decisión implica asumir un duro recorte en la pensión mensual.

La Seguridad Social establece una serie de coeficientes reductores aplicables según el número de años cotizados, y la penalización puede alcanzar el 21% incluso con largas carreras laborales. De esta manera, los importes quedarían de la siguiente manera:

  • Menos de 38 años y 6 meses cotizados: hasta un 21% de recorte si se adelanta 24 meses. Un solo mes de adelanto ya implica una reducción del 3,26%.
  • Entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses: la reducción máxima sería del 19%.
  • Entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses: los coeficientes bajan, pero siguen siendo importantes.
  • Más de 44 años y 6 meses cotizados: incluso con esta trayectoria, jubilarse a los 63 años supone una reducción del 13%.

Jubilación con menores coeficientes reductores

Por su parte, existen casos y excepciones donde los coeficientes reductores son mucho más leves. No obstante, es necesario cumplir con una serie de requisitos que permitan poder solicitar esta opción habilitada.

Se trata de la jubilación anticipada involuntaria. Aquellas personas que cumplan con los requisitos fijados por la Seguridad Social, podrán optar al retiro de manera anticipada con unos coeficientes mucho más bajos.

Y es que el anticipo de los cuatro años estaría penalizado con el 30% de la pensión, mientras que los dos años se situaría en el 15%.

Requisitos para acceder a esta jubilación

Podrán acceder a esta modalidad de jubilación anticipada los trabajadores que reúnan los siguientes requisitos:

  • Tener cumplida una edad que sea inferior en cuatro años, como máximo, a la edad exigida en cada caso
  • Encontrarse en situación de alta o asimilada a la de alta.
  • Encontrarse inscritos en las oficinas de empleo como demandantes de empleo durante un plazo de, al menos, seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de la jubilación.
  • Acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 33 años, de los cuales al menos 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores.

Jubilación anticipada sin penalización

También existen personas que podrán jubilarse de manera anticipada sin penalización. Y es que recientemente se ha aprobado un Real Decreto que regula el procedimiento que anticipa la jubilación en las profesiones más penosas. En concreto, se añaden nuevas profesiones a las ya existentes que podrán beneficiarse de la actualización de los coeficientes reductores establecidos por la Seguridad Social.

En concreto son más de diez las profesiones que esperaban esta nueva regulación y que podrían ser susceptibles de 'ganarse' la jubilación anticipada. Estas son:

  • Trabajadores de la construcción.
  • Bomberos forestales.
  • Policías.
  • Guardias civiles.
  • Trabajadores del sector del transporte de viajeros.
  • Conductores de transporte de mercancías.
  • Taxistas.
  • Trabajadores del transporte del sector público.
  • Personal sanitario.
  • Trabajadores de la industria química.
  • Las limpiadoras de hoteles
  • Los buceadores.

Los trabajadores que pertenezcan estas profesiones podrán jubilarse a los 52 años sin recortes, tal y como se ha aprobado en el Consejo de Ministros.