Sindicatos
Nuevo contrato de prácticas contra el paro juvenil
Empleo analiza con patronal y sindicatos «flexibilizar» y abaratar este modelo para incorporar al mercado laboral al 55% de los jóvenes desempleados
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social negocia con los representantes sindicales y la patronal una modificación del contrato de prácticas que contempla la actual legislación para facilitar la incorporación «flexible» de jóvenes al mercado de trabajo.
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social negocia con los representantes sindicales y la patronal una modificación del contrato de prácticas que contempla la actual legislación para facilitar la incorporación «flexible» de jóvenes al mercado de trabajo.
En la reforma laboral emprendida por el departamento que dirige Fátima Báñez ya se introdujeron cambios en el contrato de formación y aprendizaje, destinado a aquellos jóvenes de entre 16 y 25 años que por su escasa cualificación profesional no podían optar al contrato de prácticas.
Sin embargo, estos retoques no han logrado estimular la contratación de jóvenes en la medida esperada, y la tasa de desempleo juvenil se ha disparado al 55%. Las características de este contrato han resultado excesivamente rígidas para las empresas, ya que limitan la jornada laboral de los jóvenes aprendices al 75% durante el primer año y al 85% durante segundo y tercer año (la duración máxima del contrato), quedando el resto de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo destinada a actividades formativas. Además, los aprendices tampoco pueden realizar horas extraordinarias, trabajos nocturnos o trabajar por turnos. Su retribución bajo esta fórmula no puede ser en ningún caso inferior al salario mínimo interprofesional (645,3 euros al mes) en proporción al tiempo de trabajo efectivo. La incidencia de las modificaciones en el contrato de formación y aprendizaje se refleja en los datos de contratación del pasado mes de diciembre: del millón de contratos realizados ese mes, apenas 4.820 fueron de formación y aprendizaje, el 0,45% del total.
Menor incidencia aún tuvo el contrato de prácticas. Sólo se realizaron 2.132 contrataciones el pasado diciembre bajo este modelo, el 0,2% del total. En este caso, es el capítulo de la retribución el que desincentiva a muchas empresas a optar por esta vía. El contrato de prácticas establece que el salario de los jóvenes titulados contratados por este modelo no podrá ser inferior al 60 o el 75 por 100 durante el primero o el segundo año de vigencia del contrato, respectivamente, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. Las citadas cuantías tampoco podrán ser en ningún caso inferiores al salario mínimo interprofesional. En el caso de los contratos a tiempo parcial el salario mínimo indicado se reducirá en proporción al tiempo efectivamente trabajado.
Según ha podido saber este diario, Empleo valora abaratar este modelo de contratación de acuerdo al II Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva, firmado por patronales y sindicatos en enero de 2012, en el que se acuerda «promover la racionalización de las estructuras salariales, para sustituir conceptos retributivos obsoletos e improductivos por otros vinculados a la productividad y retribuciones en la empresa».
Asimismo, se valora desregularizar el límite de aplicación del contrato, no inferior a seis meses ni superior a dos años, para que pase a funcionar como un contrato temporal.
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