Conflictos laborales
Un juzgado de Madrid sentencia que un repartidor de Glovo es un falso autónomo
La resolución es contraria a otras dos dictadas previamente por otras tantas instancias madrileñas
La resolución concluye que la app le provee de la plataforma sin la cual no podría hacer sus repartos
¿Son los repartidores de Glovo trabajadores autónomos o asalariados de esta plataforma? Desde hace meses, los “glovers” tratan de demostrar en los tribunales que son trabajadores por cuenta ajena dependientes de la plataforma. Pero las instancias judiciales no se ponen de acuerdo. Dos fallos dictados meses atrás por sendos juzgados madrileños avalaban que, tal y como defiende Glovo, estos repartidores son autónomos económicamente dependientes o Trade, es decir, trabajadores por cuenta propia cuyos ingresos proceden en más de un 75% de la misma empresa. Sin embargo, hoy se ha conocido una sentencia del Juzgado de lo Social número 33 de la capital que va en la dirección contraria. Según esta instancia judicial, el “glover” que denunció a la app es un falso autónomo al considerar probada su relación laboral con la empresa y ha declarado nulo su despido por haber sido motivado por ejercer su derecho a la huelga. En junio pasado, otro juzgado de Valencia también dio la razón a otro repartidor de Deliveroo y le consideró como falto autónomo de esta aplicación.
La sentencia de Glovo es muy clara al sostener que el repartidor realiza un trabajo por cuenta ajena ya que es la compañía la que le facilita la plataforma, sin la cual no podría llevar a cabo los repartos, y por el “escaso valor” de los medios materiales que corren a cargo del demandante. “Si decidiera emprender por sí mismo este tipo de actividad como auténtico autónomo, estaría condenado al fracaso y sus posibilidades de crecimiento como emprendedor sería nulas, ya que el éxito de estas plataformas se debe al soporte técnico proporcionado por la tecnología y a la explotación de una marca que se publica en redes sociales”, insiste el escrito. El juez, abundando en sus argumentos, asegura que el “glover” “no interviene en la conformación de contenido del contrato, limitándose a asentir las condiciones, lo que demuestra la inicial posición de desigualdad entre partes”.
Glovo siempre ha defendido que los repartidores que colaboran con la app son autónomos porque pueden organizar su trabajo como deseen e incluso rechazar pedidos. La app considera que sería “una faena” si el Tribunal Supremo les obligase a contratarlos, según aseguró hace unas semanas su consejero delegado, Óscar Pierre, durante la presentación de las líneas estratégicas de la compañía. Las contrataciones implicarían que los costes laborales de Glovo se dispararían y su modelo de negocio se vería en entredicho. Glovo ha insistido hoy en que la relación que une a los repartidores con la plataforma “se ajusta plenamente a la legalidad” y ha anunciado que recurrirá el fallo del tribunal. “Superamos una inspección de trabajo en Barcelona que validó, mediante un extenso informe, nuestro modelo de negocio. Es más, dicho informe fue confirmado como hecho probado por un Juez de Madrid en una Sentencia en enero de 2019”, ha manifestado la compañía en un comunicado.
✕
Accede a tu cuenta para comentar