Ley del "solo sí es sí"

Hacia otra chapuza legal del Gobierno

La dificultad normativa de amnistiar por la puerta de atrás a los condenados por el procés y las prisas para que puedan volver a la política activa y presentarse en las listas electorales, ha obligado al Gobierno a parchear a las bravas el Código Penal

Incurriendo en un ejemplo claro de «excusatio non petita, accusatio manifesta», el portavoz parlamentario del Grupo Socialista, Patxi López, afirmó que con la introducción en el Código Penal del delito de enriquecimiento ilícito el Gobierno no pretendía cubrirse ante los ciudadanos por la rebaja de la malversación, sino cumplir con el Convenio de Lucha contra la Corrupción de las Naciones Unidas.

Pues bien, y a tenor de las consideraciones expresadas por diversos juristas, entre los que se incluyen miembros de la propia Fiscalía Anticorrupción, la redacción del nuevo ilícito penal no hace más que alimentar las sospechas de que, en efecto, el Ejecutivo se ha buscado una muleta tras la que distraer a una opinión pública que, sin embargo, tiene una percepción bastante exacta de que las modificaciones del Código Penal respondían a la necesidad de atender las exigencias de los nacionalistas catalanes para que Pedro Sánchez pudiera agotar la legislatura.

En primer lugar, porque la redacción del nuevo artículo 438 bis excluye a los funcionarios públicos, sin importar el rango y el cargo que desempeñen, eleva el mínimo del incremento patrimonial a justificar hasta 250.000 euros, limita el tiempo de aplicación a cinco años y no especifica qué organismos del Estado, como Hacienda, pueden incoar los procedimientos, con el riesgo de cometer un bis in idem, es decir, dos condenas a una persona por el mismo delito. Todo ello, por no hablar de que el elemento de sospecha incurso en la redacción del artículo, puede chocar con preceptos claros del Derecho como la presunción de inocencia y que sea la acusación la que presente las pruebas de cargo.

O, dicho de otro modo, que la eficacia del nuevo delito será marginal, si es que llega a materializarse, y en ningún caso compensará los beneficios que supone para los políticos y las autoridades el ablandamiento de la corrupción. En realidad, ciertamente forzado por su minoría parlamentaria, el Gobierno de la Nación ha legislado en esta materia en la dirección opuesta a las recomendaciones de la Comisión Europea, que, por el contrario, había felicitado al anterior ejecutivo popular por el refuerzo legislativo de la lucha contra el desvío o la usurpación del dinero público. Un simple repaso a las hemerotecas demuestra que con la reforma que llevó a cabo el PP se han incrementado severamente las condenas a los corruptos.

Pero, el problema de fondo se encuentra en que la dificultad normativa de amnistiar por la puerta de atrás a los condenados por el procés y las prisas para que puedan volver a la política activa y presentarse en las listas electorales, ha obligado al Gobierno a parchear a las bravas el Código Penal, uno de los textos básicos de Derecho que no pueden tocarse por las buenas sin producir peligrosos desequilibrios. A la «ley del sí es sí» de Irene Montero nos remitimos.