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Coronavirus: Villarejo esgrime una “situación límite” para salir de prisión

Su defensa expone a la Audiencia Nacional que el ex comisario vive un momento “dramático” al ser “candidato cualificado al contagio”

El ex comisario José Manuel Villarejo se encuentra en prisión provisional por el "caso Tándem" desde noviembre de 2017
El ex comisario José Manuel Villarejo se encuentra en prisión provisional por el "caso Tándem" desde noviembre de 2017larazon

El ex comisario José Manuel Villarejo ha vuelto a reclamar a la Audiencia Nacional que acuerde su libertad provisional por el riesgo de contraer el coronavirus en prisión. Ante la negativa del instructor del “caso Tándem”, el juez Manuel García Castellón, a acceder a sus pretensiones, la defensa del ex mando policial, que ejerce el letrado Antonio García Cabrera, ha recurrido esa decisión en apelación ante la Sala de lo Penal del citado tribunal, a la que denuncia que “no se puede admitir bajo ningún pretexto que se le someta a un grave riesgo para su salud y su vida” manteniéndole en la cárcel. “No puede haber una situación más límite que exija una actuación más urgente”, subraya.

Según su defensa, Villarejo -en prisión provisional desde noviembre de 2017- es un “candidato cualificado al contagio”, una infección que supondría “un pronóstico muy desfavorable para su salud y su vida” dada su edad, 68 años, y las numerosas patologías que esgrime en una docena de informes médicos, entre ellas hipertensión arterial, insuficiencia aórtica, arritmias cardiacas, asma y “estrés carcelario”. Además, recuerda, se encuentra preso en el centro penitenciario de Estremera (Madrid), “el más afectado por la pandemia”. “Se acredita científicamente que no sólo el riesgo de contagio que presenta el investigado es mucho mayor que en una persona sana sino también que el riesgo de que la enfermedad se desarrolle de forma más severa y grave se duplica o triplica”.

El abogado del ex comisario sostiene que si para proteger la salud de todos los españoles “se han adoptado medidas excepcionales”, Villarejo “tiene también derecho a que se protejan eficazmente sus derechos fundamentales”. Y eso, añade, aunque la Audiencia insista en que persisten los riesgos de fuga, de destrucción de pruebas o de reiteración delictiva. “Resulta difícilmente cuestionable -argumenta- que atendiendo a la situación excepcional de limitación de movimientos de los ciudadanos” no pueda convenirse que esos riesgos “también han disminuido, se han matizado o que pueden ser conjurados o limitados mediante un régimen estricto de reclusión domiciliaria”.

“Ante esta situación crítica y excepcional”, la defensa de Villarejo cree que “sería suficiente” que se sustituya la medida de prisión por la prohibición de salir de España, la entrega de su pasaporte y la obligación de presentarse diariamente en el juzgado más próximo a su domicilio en Boadilla del Monte o en las dependencias de la Guardia Civil de esta localidad madrileña, una medida que, propone, podría ser sustituida por la visita de un agente a su vivienda diariamente. Asimismo, el comisario jubilado está dispuesto a someterse a un régimen de localización permanente en su domicilio mientras dure el estado de alarma y, en su caso, a que se le instale una pulsera o tobillera telemática o un control mediante verificación de voz o a través de un sistema de localización GPS.

Se trata, dice, de "una solución excepcional para un problema excepcional que debe generalizarse en un momento dramático como el que nos encontramos para los presos preventivos; especialmente para mi patrocinado atendiendo a que, por su edad y pluripatología, pertenece al grupo con especial riesgo vital en caso de ser contagiado".

“Ya sabemos el resultado de esta pantomima”

La defensa de Villarejo reproduce parte del interrogatorio que hizo el juez García Castellón al ex comisario el pasado 24 de octubre, antes de la comparecencia para prorrogar su estancia en prisión, para intentar demostrar que no se ha negado a someterse a ningún tratamiento médico durante su estancia en la cárcel.
En esa comparecencia, en la que también fue citada la médico forense para comprobar si Villarejo estaba en condiciones de declarar, y a preguntas del instructor, Villarejo aseguró: “Quiero obviamente declarar, porque quiero que esta historia ya de una vez termine, pero claro, también es cierto que no me encuentro físicamente en condiciones de declarar porque además tengo... tengo un malestar general y que no, no, no, no coordino”.ç
En un momento dado, incluso aseguró al magistrado que “se podría ahorrar si quiere” la comparecencia para valorar la prórroga de la prisión provisional. “¿Perdone...?”, preguntó perplejo García Castellón. “Se la podría ahorrar porque esta pantomima donde ya sabemos el resultado me parece, ya se lo dije a la señora Lamela el día que me metió en la cárcel, que era todo un paripé... Que me podría llevar directamente a Guantánamo...”.

Cabrera expone que es un hecho “notorio” que “el medio carcelario supone un mayor riesgo de contagio de enfermedades infecciosas” dado que, recuerda, ya se han producido contagios de funcionarios e internos, incluso el fallecimiento de un preso en Estremera, de un funcionario del centro penitenciario de Fontcalent y de un guardia civil que trabajaba en la prisión de Herrera de la Mancha.

"¿No fue informado el instructor -se pregunta para incidir en los riesgos de contagio- de que a un interno que reparte la comida en el comedor del módulo de mi patrocinado y que también trabaja en peluquería cortando el pelo, que estuvo en contacto con todos los internos, cuando presentó una instancia informando de que su hermano estaba infectado y que había estado en contacto con él, ni siquiera se le hizo un test diagnóstico? ¿No ha sido informado de que otros internos del módulo han sido ya hospitalizados?"

Para el letrado resulta "injustificable" que "habiéndose subordinado a la protección de la salud de los españoles todos los intereses naciones incluido el interés económico nacional adoptando una serie de medidas que van a arruinar nuestra economía", el instructor no haya acordado medidas alternativas a la prisión provisional "como si nada estuviera ocurriendo exponiéndolo a un grave riesgo para su salud y su vida".

Reproches al instructor

El letrado pone sobre la mesa el dictamen del pasado día 20 del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes, en el que insta a las autoridades de los países miembros a “hacer esfuerzos” para recurrir a “alternativas a la privación de libertad”, con “especial atención a los grupos vulnerables y en riesgo”. En esa misma línea, ve “imprescindible” que la Sala tenga en cuenta, para valorar la posible adopción de medidas alternativas, no ya el interés del Estado de asegurar los fines del proceso penal en relación al derecho a la libertad, sino también respecto al derecho a la vida, a la integridad física y moral y a la salud.

García Castellón rechazó el pasado día 20 dejar en libertad a Villarejo y le afeó que instara la medida “sin explicar si el mismo está infectado por el virus, si en el centro en el que está ingresado hay algún infectado, o qué peligro concreto tiene el investigado de enfermar por esta causa. Nada de ello se explica, sencillamente porque no existe el riesgo que se alude”. Pero el abogado del ex comisario le reprocha que en esas fechas no conociera que Estremera “era el más afectado por esta pandemia, en el que ya había personas infectadas” y había fallecido un interno, además de que el contagio “ya afectaba a su propio módulo”.

Su defensa considera “incalificable” que el magistrado estime que no corre ningún riesgo para su salud pese a su edad, 68 años, y su cuadro médico y que “incluso se permita afirmar que en la prisión tiene menos riesgos que recluido en su domicilio”. “Es fácil hacer esa afirmación desde la seguridad de nuestros hogares los que podemos cuidarnos de esta terrible enfermedad tras los muros de nuestra casa en la compañía de nuestras familias”, asegura el letrado, para quien produce “escarnio” que “ante una hecatombe universal que amenaza la vida y la salud de todos los habitantes de este planeta se pueda poner por escrito que prevalece el interés del Estado de asegurar la presencia de una persona ante un tribunal y los fines de un proceso sobre su salud y su vida”.

La defensa de Villarejo concluye que en estas circunstancias excepcionales, “ninguna de las consideraciones que hace el instructor tiene suficiente entidad para someter a una persona que no ha sido ni procesada, ni juzgada ni condenada” a un “grave riesgo para su salud y su vida”.