Fiscalía
El dilema del fiscal: apoya o cambia y pide cerrar la causa
No recurrió el auto de la jueza Ahora deberá decidir si respalda o no a la defensa del delegado del Gobierno de Madrid
El pasado 23 de marzo, la jueza Carmen Rodríguez-Medel dictaba un auto, a raíz de la denuncia presentado por un particular, por el que acordaba abrir un procedimiento por prevaricación administrativa en relación con los hechos denunciados, es decir, relacionado con la autorización de la manifestación feminista en Madrid el 8 de marzo, contra el delegado del Gobierno en esta comunidad, José Manuel Franco. En ese auto se acordaban la práctica de determinadas diligencias y se daba un plazo de tres días para recurrirlo en reforma, es decir, ante ella misma, o de cinco para interponerlo directamente ante la Audiencia Provincial de Madrid.
El Delegado del Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, ha optado por recurrir tal resolución ante la Audiencia de Madrid para intentar que se revoque. Sin embargo, la Fiscalía decidió no recurrir, con lo que, en principio, parece que se aquieta a la decisión judicial y está conforme con que el procedimiento siga adelante, con independencia, obviamente, del resultado que se pueda ir desprendido de la práctica de las diligencias que se practiquen. El no recurrir ese auto no significa en ningún caso que vaya a realizar una petición de acusación, sino sólo que entiende que es necesario continuar con el procedimiento para esclarecer los hechos «y para que se pueda escuchar la versión del afectado», señalaron al respecto fuentes cercanas al Ministerio: «Esto sería algo normal»
Pero ahora se le presenta al Ministerio Fiscal un dilema que le puede situar en una situación un tanto «incómoda». ¿Mantiene su criterio inicial y deja que prosiga el procedimiento con la declaración de Franco como investigado? o «¿cambia de criterio, se «recurre» a sí misma y apoya la impugnación de la Abogacía del Estado para pegar cerrojazo a la causa?.
Sobre los motivos por los que no recurrió, fuentes próximas al Ministerio Público esgrimieron razones como «que se le haya pasado o directamente que pensara que no había que impugnar el auto». En todo caso, sí se considera que adherirse ahora al recurso de la Abogacía del Gobierno «procesalmente parece una clara anomalía, pero por poder...». Al final, añaden al respecto, «haga lo que haga el fiscal estará en es escaparate, si se opone al recurso porque se dirá que ve indicios, cuando no tiene que ser así y lo único es continuar y esclarecer lo que se investiga, y si se adhiere porque entonces se dirá que la Fiscalía actúa por orden de arriba, del Gobierno».
Por ello, «es muy difícil que el fiscal diga «no» en un principio a iniciar el procedimiento y se cambie radicalmente a apoyar un archivo sin que hubiese mediado ninguna prueba» que lleve a esa conclusión. En este caso concreto, donde lo que se dilucida es si existió alguna irregularidad en la autorización del 8 -M «al menos habrá que tomar declaración al Delegado del Gobierno, y no puede ser más que como investigado, para que se pueda conocer su versión y aporte todos los datos que disponga en su favor» y después tomar una decisión, porque en ningún caso quiere eso decir que después se le vaya a acusar, ni mucho menos». Por ello, sostienen las fuentes fiscales consultadas por este periódico, «no es muy normal que un fiscal recurra un auto de incoación de diligencias previa e inmediatamente apoyase el recurso de una de las partes».
Al estar los plazos suspendidos no será hasta, al menos, el 4 de junio cuando la Fiscalía presente su informe al recurso de la Abogacía. La fiscal jefa de Madrid, Pilar Rodríguez, será quien en última instancia tenga que dar el visto bueno al dictamen. Una vez tenga la magistrada Rodríguez-Medel en su poder el informe de la Fiscalía remitirá todas las actuaciones a la Audiencia Provincial. Las normas de reparto indicarán la sección que debe resolver el recurso. Franco está citado a declarar el día 5 de junio, con lo que tampoco es decartable, según fuentes jurídicas, que se aplace la misma hasta conocer la resolución del recurso, aunque es cierto que el mismo no tiene por sí mismo efectos suspensivos.
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