Grecia
El juez pide unas actas de Aizoon que él mismo ve «escasamente probables»
Sólo 48 horas después de que Hacienda ratificase que no cree que la Infanta Cristina haya cometido delito fiscal a través de Aizoon, el juez José Castro, instructor del «caso Nóos», ha vuelto a solicitar más datos en busca de indicios de un posible fraude fiscal. En esta ocasión, el magistrado ha reclamado a los duques de Palma todas las actas de Aizoon, la empresa que el matrimonio comparte al 50 por ciento, para esclarecer si –como apuntó la Audiencia Provincial en la resolución en la que rechazaba la imputación de la Infanta– ambos pudieron utilizar la sociedad para costear gastos particulares (como la reforma de su vivienda o el pago de su servicio doméstico).
El pasado año, sin embargo, Castro no parecía tener mucha fe en la existencia de esas actas e incluso, en caso de que sí se hubieran redactado, se mostraba muy escéptico sobre la posibilidad de que esos documentos pudieran aportar indicios de una hipotética actuación delictiva.
Firma de las actas
En una resolución firmada el 5 de marzo de 2012 (en la que el juez desestimó la petición de Manos Limpias de citar como imputada a la Infanta), Castro rebatía los argumentos de la acusación popular de atribuir responsabilidad penal a Doña Cristina por su condición de secretaria de Aizoon, que acarreaba según el sindicato la elaboración y firma de las actas y la de las cuentas anuales.
«Es escasamente probable que, siendo don Iñaki Urdangarín Liebaert y su esposa los únicos partícipes de la entidad mercantil Aizoon S. L., tuviera lugar algo que formalmente se pareciera a Juntas ordinarias o extraordinarias», aseguraba el juez. «Menos aún», continuaba, que Doña Cristina «redactara unas actas de lo tratado de las que diera lectura a su esposo». «Y descabellado sería –remataba– que, para el improbable caso de que alguna de estas Juntas se celebrara, se consignaran en ella acuerdos sobre supuestas intencionalidades delictivas o el análisis económico de sus resultados».
Por lo que respecta a las cuentas que anualmente se remitían al Registro Mercantil, hacía hincapié el juez Castro, «para el supuesto de que en alguna de ellas apareciera la firma de Doña Cristina Federica de Borbón y Grecia, lo que de momento se ignora, tampoco ese dato justificaría su llamada a la causa ya que, constatado que son otras personas, especializadas por demás, las encargadas de su elaboración, la sola plasmación de la firma de aquélla absolutamente ningún reproche penal conllevaría». Sobre todo teniendo en cuenta, admitía el instructor de la causa, que «del propio contenido de tales cuentas nunca sería fácilmente deducible la comisión de los supuestos delitos que se investigan».
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