Francisco Velasco
El Supremo avalaría la exhumación de Franco
El enterramiento en la Almudena es la cuestión en la que los magistrados tienen más dudas jurídicas. La clave está en decidir si el Ejecutivo puede frenar «por razones de orden público» el traslado a una cripta donde la familia tiene un panteón en propiedad
La decisión se tomará en octubre. Una vez que se pronuncie el Supremo, la sentencia es directamente ejecutable aunque recurrible
El Gobierno podrá finalmente llevar a cabo una de sus promesas «estrellas» que, por razones varias, ha visto cómo encontraba obstáculos cada vez que intentaba sacarla adelante: la exhumación de Francisco Franco del Valle de los Caídos. El pasado cuatro de junio, los cinco magistrados de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo decidieron por unanimidad paralizar esa exhumación, para la cual entonces ya había fecha y hora: 10 de junio a las 10:30 de la mañana. Los magistrados no entraban en el fondo de la cuestión, sino que adoptaban esa decisión como medida cautelar y evitar daños irreparables. En concreto, la Sala esgrimía que con esa medida se buscaba evitar «el perjuicio que, de otro modo, se causaría a los recurrentes -los familiares de Franco- y, especialmente, a los intereses públicos encarnados en el Estado y en sus instituciones constitucionales, los cuales se verían gravemente afectados si, exhumados esos restos, se estimara el recurso y fuera preciso devolverlos al lugar en que se hallan».
Por ese motivo, dejaban en suspenso la salida de los restos del general de la Basílica de Cuelgamuros. Sin embargo, el Tribunal Supremo pretende dejar resuelto esta cuestión más bien pronto y, de hecho, es previsible que en octubre como muy tarde se pronuncie definitivamente sobre las dos cuestiones nucleares de este asunto: analizar si el Real Decreto del Gobierno por el que establecía que en el Valle de los Caídos sólo podían estar enterrados los fallecidos durante la Guerra Civil o en la dictadura y que ello imposibilitaba que Franco pudiese continuar ahí, y, en segundo lugar la petición de la familia de que si finalmente se producía la exhumación pudiese ser enterrado en la cripta de la Catedral de la Almudena, donde sus familiares poseen un panteón privado. El Ejecutivo se opone a tal pretensión al considerar que ello podría ocasionar problemas de orden público y de exaltación, tal como recoge en una Proposición de Ley presentada a finales de julio en el Congreso.
Sobre la primera de esas cuestiones, fuentes jurídicas indicaron a LA RAZÓN que la Sala no pondrá reparos de la legalidad del decreto que conlleva la exhumación de Franco del lugar donde reposa desde el 23 de noviembre de 1975. «Puede haber algunas dudas, pero son salvables», se señala al respecto. Por tanto, el Gobierno podrá respirar tranquilo en este aspecto porque su decisión de sacar los restos del dictador del Valle de los Caídos tendrá el aval del más alto tribunal jurisdiccional. En este punto, la decisión de los magistrados se prevé unánime, ya que, en principio, ninguno de ellos ve tacha de ilegalidad en esa decisión.
Sin embargo, donde parece que sí puede existir más debate en la Sala es en la pretensión de la familia de Francisco Franco de darle sepultura en la cripta de la catedral madrileña. La resolución sobre esta cuestión no se prevé tan pacífica y unánime, ya que, al parecer, hay quien defiende la decisión de los familiares, pero otros mantienen una postura contraria.
Así, las dudas que se plantean en este apartado radican, entre otras, en si el Gobierno puede obstaculizar el derecho de una familia a enterrar a enterrar a un familiar «en el panteón del que es propietario»; o si el Ejecutivo puede «interferir en un espacio, como es una catedral, en este caso la cripta» para impedir que quienes tienen ahí un lugar adquirido puedan hacer uso del mismo: «Se trata de determinar si esa pretensión de la familia se puede impedir justificándolo en razones de orden público», destacan al respecto las fuentes consultadas. En todo caso, sí existe la voluntad de buscar una solución que evite votos particulares en un tema tan «sensible» como éste.
Una vez que se pronuncie el Tribunal Supremo, la sentencia es directamente ejecutable por sí misma, aunque siempre queda abierta la puerta de recurrir al Tribunal Constitucional mediante la interposición del correspondientes recurso de amparo. Sin embargo, esta acción no paralizaría, en principio, la decisión del Supremo, y tendría que ser el propio TC el que la dejase en suspenso si entendiese que su ejecución puede causar un perjuicio irreparable. Y ello, en todo caso, si admitiese a trámite el recurso al ver que se ha podido vulnerar algún derecho fundamental, algo que, según las fuentes consultadas «resultaría muy complicado”.
El Gobierno pretende, y así se lo hizo llegar a la familia de Franco, que una vez sea exhumado del Valle de los Caídos pueda ser enterrado en el panteón de Mingorrubio, en la localidad madrileña de El Pardo, y que hubiese vigilancia permanente par parte de agentes de la Guardia Civil para garantizar la seguridad del recinto. Esta opción del sepulcro de El Pardo –en el que se encuentra enterrada desde 1988 Carmen Polo, la mujer del antiguo Jefe de Estado– fue rechazada en su momento por familiares. Ahora, todo dependerá de la decisión que finalmente adopte en breve el Tribunal Supremo.
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