Política

Ricardo Coarasa

El TS no cede: el juicio del “procés” empezará el 12-F

Rechaza la petición de libertad de varios acusados y de retrasar el comienzo de la vista

El magistrado Manuel Marchena, que preside el tribunal, junto a los jueces Andrés Martínez Arreieta y Juan Ramón Berdugo
El magistrado Manuel Marchena, que preside el tribunal, junto a los jueces Andrés Martínez Arreieta y Juan Ramón Berdugolarazon

No hay marcha atrás. El juicio del “procés” -que sentará en el banquillo a doce líderes independentistas catalanes- comenzará el próximo marte día 12. Y lo hará con nueve de los doce procesados en prisión. El Tribunal Supremo (TS) ha rechazado las últimas peticiones de libertad y ha ratificado la fecha señalada en un principio desoyendo las peticiones de varios acusados de retrasar el inicio de la vista oral (hasta tres semanas) para disponer de más tiempo para preparar la prueba documental admitida por el tribunal. Pero la Sala de enjuiciamiento ha rechazado esta posibilidad porque “la prueba documental, a diferencia de lo que expresan los escritos de las defensas, se practica en el plenario”, y no antes.

El tribunal, que preside el magistrado Manuel Marchena, argumenta que “hablar de prueba documental anticipada para referirse a los documentos que han sido reclamados, supone distanciarse del genuino significado procesal de la prueba anticipada”, previsto para evitar la reiteración innecesaria de una testifical.

“Es a esos supuestos a los que la dogmática se refiere como prueba anticipada o, en otra terminología, prueba preconstituida -precisa la Sala-. Ya se entiendan ambas denominaciones como sinónimas, ya se les atribuya un sustrato conceptual diferenciado, lo cierto es que ni una ni otra tienen algo que ver con las reglas de aportación y valoración de la prueba documental”. En todo caso, zanja la cuestión, “nada de ello se asemeja a la reclamación de documentos con carácter previo al inicio de las sesiones del juicio oral”.

En la misma resolución, el Supremo aborda la denuncia de algunos acusados en prisión (Jordi Sánchez, Jordi Turull y Josep Rull) sobre la vulneración de su derecho a la dignidad y a no sufrir un trato inhumano o degradante en los traslados policiales. Y se limita a insistir en que ya puso “en conocimiento de las autoridades responsables del traslado (lo que ahora reitera) la necesidad de que éste se verificara con escrupuloso respeto a la dignidad de los procesados”. Respecto a las imágenes grabados en los traslados desde Cataluña a las prisiones madrileñas la pasada semana, el tribunal asegura que “las posibles responsabilidades que pudieran haberse derivado de los hechos que se denuncian están siendo depuradas por el Ministerio del Interior”, ante quien “deberán formularse las alegaciones que se estimen pertinentes”.

El TS tampoco atiende la petición de libertad de esos acusados para impedir que se reitere el trato vejatorio durante los traslados a la sede del juicio porque los motivos que llevaron a acordar su prisión “siguen intactos y no pueden ser neutralizados por el episodio acaecido durante el traslado”.

Por último, la Sala también hace referencia a la supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia por las palabras de la secretaria de Estado Irene Montero, responsable de la campaña “España Global”, aunque aclara que este hecho “podrá ser objeto de alegación en las sesiones del juicio en las que se reivindique la vigencia de aquel derecho”.