Conflicto de competencias

La Fiscalía pide al Supremo que deje el "caso Koldo" en manos de la Audiencia Nacional

El Ministerio Público considera que dejar la instrucción en manos de la Fiscalía Europea tendría "efectos negativos" y supondría "un retraso en las investigaciones"

Koldo García (d) junto al entonces ministro de Fomento, José Luis Ábalos.
Koldo García, junto al entonces ministro de Fomento, José Luis ÁbalosManuel BruqueAgencia EFE

La Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) se decanta por la Audiencia Nacional en el conflicto de competencias que mantiene con la Fiscalía Europea por asumir la investigación del "caso Koldo". En un escrito remitido a la Sala Penal del alto tribunal, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, la Fiscalía del Supremo reclama que deje en manos de la Audiencia la instrucción de la causa al considerar que su investigación a la "trama" de Koldo García, el exasesor de José Luis Ábalos, es "mucho más amplia y compleja y alcanza delitos del todo ajenos" a la competencia directa de la Fiscalía Europea.

De hecho, asegura que atribuir toda la investigación en estos momentos a la Fiscalía Europea "tendría efectos negativos sobre la instrucción", pues supondría "un retraso en las investigaciones", pues exigiría "tener que tomar conocimiento de todo lo actuado hasta ahora", no solo por parte de los Fiscales europeos delegados, "sino también por parte de la nueva unidad policial a la que se pudiera asignar la investigación", ya que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil "dejaría automáticamente de encargarse de estas investigaciones".

Según el fiscal Javier Huete, "el hecho de que hayan existido diferentes fuentes de financiación de los contratos no debe ser obstáculo para que sean investigados en un mismo procedimiento, y ese procedimiento debe corresponder al Juzgado Central de Instrucción número 2" de la Audiencia Nacional, que dirige el magistrado Ismael Moreno.

El representante del Ministerio Público argumenta que "no cabe hablar en el presente caso de indivisibilidad" porque las conductas investigadas por el juez Moreno "quedan claramente diferenciadas del contrato mismo que la Fiscalía Europea considera el instrumento de una posible malversación o fraude y en modo alguno se encuentran indisociablemente vinculadas a efectos de la investigación".

Lo que investiga la Audiencia Nacional, hace hincapié, "es una trama que desborda con mucho la mera adjudicación de unos contratos afectos a fondos europeos, pues se expande por distintas administraciones públicas, ajenas a cualquier financiación de fondos europeos, una organización que preexistía a las adjudicaciones afectadas por fondos europeos y que ha subsistido a la celebración y ejecución de los correspondientes contratos, tal y como se desprende de las intervenciones telefónicas y los seguimientos policiales realizados durante la fase de secreto del procedimiento".

El fiscal subraya que lo que se investiga son "comportamientos que afectan directa y esencialmente a intereses nacionales, lo que sitúa estas conductas en la órbita del correcto funcionamiento de la Administración española". De ahí que, defienda, deba ser la Audiencia Nacional el tribunal competente para la investigación "de todos los contratos" frente a la Fiscalía Europea, "cuya principal finalidad y cometido es la protección de los intereses financieros de la Unión Europea, respecto de los que, por el momento, no hay indicios de que se hayan visto perjudicados".

Y es que considera que el juzgado que dirige Ismael Moreno "está en mejores condiciones que la Fiscalía Europea" para investigar la posible comisión de delitos de tráfico de influencias, cohecho, organización criminal y blanqueo de capitales en la adjudicación de los contratos de suministro de mascarillas en pandemia, "sin perjuicio de la competencia de aquella respecto a las infracciones que afecten de forma directa a los intereses financieros de la UE".

La investigación, recuerda, la inició la Fiscalía Anticorrupción, que "tiene los suficientes medios materiales y humanos, entre los que se cuentan las unidades de apoyo de la AEAT y de la IGAE y las unidades adscritas de la UDEF y de la UCO, de los que no goza ninguna otra Fiscalía, incluida la Fiscalía Europea". Asimismo, añade, "también cuenta con la suficiente experiencia y capacidad para acometer tales investigaciones".

Ha sido la Fiscalía Anticorrupción -recuerda- la que ha investigado los hechos desde marzo de 2022, lo que se plasmó en la presentación de una querella en septiembre de 2023. Las actuaciones practicadas, señala, "han sido tanto cualitativa como cuantitativamente relevantes" por parte de la UCO y de la Agencia Tributaria, "dato que debe ser valorado a los efectos de mantener la competencia del Juzgado Central de Instrucción".

Para el fiscal, la aplicación de la LO 9/2021 que regula la implantación de la Fiscalía Europea "no impone una acrítica remisión de las actuaciones" a la misma "ni el cese inmediato de la instrucción", a la espera de lo que decida la Sala Penal del Tribunal Supremo, puesto que la Audiencia Nacional "ya se encuentra investigando delitos que no han perjudicado los intereses financieros de la Unión, que no son instrumentales de estos y tampoco se hallan indisociablemente vinculados a ellos".

Además, reitera, dar ese paso "daría lugar a un perjuicio irreparable a la instrucción de la causa" y a los propios investigados y "diluiría" el control jurisdiccional" de esa investigación, que resultaría inexistente.

Según la Fiscalía del Tribunal Supremo, frente a la hipótesis de un "incierto perjuicio" a los intereses financieros de la UE, "carece de fundamento que resulten excluidos los órganos nacionales más directamente encargados de la persecución de dos de los más característicos delitos de corrupción", el tráfico de influencias y el cohecho, "conductas que, además, no se han limitado a la adjudicación de los contratos de suministro investigados pues se han extendido a otros ámbitos de la Administración Pública, incluyendo a la propia Guardia Civil".

Y respecto del delito de malversación, esgrimido por la Fiscalía Europea "como elemento determinante del perjuicio" para los intereses de la UE -resalta- "no hay indicio de la comisión del mismo, y por ello no fue objeto de la querella inicial, ya que los contratos se ejecutaron, el material fue suministrado y se pagaron unos precios inferiores a los satisfechos en otros contratos de suministro del mismo material, como resultaba del informe de la Unidad de Apoyo de la IGAE y de los informes presentados por la unidad policial encargada de las investigaciones".