Fuerzas de Seguridad

Las guardias civiles podrán usar falda o pantalón según lo requiera cada circunstancia

El BOE publica la orden por la que se regula la uniformidad dentro de la Benemérita

Uniforme de servicio para la Guardia Civil
Uniforme de servicio para la Guardia Civiljmz

El Boletín Oficial del Estado publica hoy la orden por la que se aprueban las normas de uniformidad de la Guardia Civil. Se regulan, entre otros extremos, el uso de la prenda de cabeza; condecoraciones; divisas; uniformes tradicionales e históricos; etcétera.

El personal incluido en el ámbito de aplicación de estas normas, habrá de vestir el uniforme con dignidad, propiedad y corrección, portando u ostentando las prendas de vestuario, accesorios, complementos, emblemas, divisas, distintivos y recompensas que cada ocasión requiera y para los que esté autorizado”, señala con carácter general la orden.

Precisa que “en aquellos casos en los que el personal femenino pueda optar entre portar pantalón o falda, el uso del pantalón implicará utilizar zapatos de cordones y calcetines, mientas que el empleo de la falda supondrá vestir con zapatos de tacón y medias, debiéndose atender a las particularidades propias de cada uniformidad. “En formaciones con armamento el personal femenino usará pantalón. En el resto de actos de servicio la falda será de uso opcional”. “Las guardias civiles en estado de gestación, utilizarán la uniformidad correspondiente al periodo de gestación cuando su estado les impida emplear las prendas de uso general”, agrega.

“La prenda de cabeza deberá portarse perfectamente encajada, con su parte inferior o sudadero colocada en un plano sensiblemente horizontal. Como norma general, se permanecerá cubierto en el exterior y descubierto en el interior de edificios, vehículos y espacios al aire libre en el interior de acuartelamientos. No obstante, cuando por la naturaleza del servicio a prestar o cuando concurran otras circunstancias debidamente apreciadas, la persona titular de la jefatura de la unidad, acuartelamiento, establecimiento, instalaciones o, en su caso, la más caracterizada de la fuerza, podrá acordar el uso de la prenda de cabeza para la realización del servicio o mientras se den las circunstancias apreciadas”.

El porte de arma corta con su funda en los uniformes se regulará en las disposiciones que dicte la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil”, subraya.

Se regulan los distintos tipos de uniforme: gran etiqueta; etiqueta;gala; actos de especial relevancia; servicio; interior de acuartelamiento; y específicos.

Con respecto al uniforme de diario, se señala que “es el más representativo del cuerpo de la Guardia Civil. Se usará en aquellos actos militares en los que no se indique de forma expresa un uniforme distinto, en los actos sociales civiles en los que proceda una vestimenta formal o en aquéllos a los que se acuda en representación institucional del cuerpo. Además, se utilizará el uniforme de diario en aquellos servicios o comisiones que determine la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil”.

"En aquellas unidades en que así se establezca, se podrán utilizar uniformes tradicionales en aquellos actos institucionales en los que participe, de acuerdo con lo que se determine por la persona titular de la Dirección General de la Guardia Civil, incluyendo el armamento correspondiente o, en su caso, réplicas legales del mismo”.

El uniforme de servicio –concreta-- es aquel que se utiliza para el servicio cotidiano del Cuerpo, tanto en servicio operativo como en el servicio administrativo, burocrático y docente en unidades, centros y organismos, siempre que no se ordene otro diferente o se preste servicio en especialidades con uniformidad específica. Serán accesorios de uso opcional la bufanda tubular, los guantes negros de invierno, y el silbato con cordón de color verde. El resto de accesorios se emplearán en función del servicio o cometido a desarrollar, de acuerdo con lo que determine el responsable del mismo”, añade.