Tribunal Supremo

La Fiscalía pedirá al TS que condene a Mas también por prevaricación

Asimismo, insta al Supremo a que confirme la pena de dos años impuesta al ex presidente de la Generalitat por desobediencia

El expresidente de la Generalitat Artur Mas
El expresidente de la Generalitat Artur Maslarazon

La Fiscalía Superior de Cataluña ha anunciado hoy ante el Tribunal Supremo (TS) que recurrirá la sentencia por la consulta del 9N para que acuse también al ex presidente de la Generalitat Artur Mas, de un delito de prevaricación.

La Fiscalía del TSJ de pedirá al Tribunal Supremo que condene a Artur Mas y a sus ex consejeras Joana Ortega e Irene Rigau por un delito de prevaricación, además de que confirme la pena impuesta de dos años por el delito de desobediencia. En este sentido, el Ministerio Público del tribunal catalán ha anunciado la interposición del recurso que será formalizado en la próximas semanas por la Fiscalía del Supremo.

La decisión de recurrir la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) se ha adoptado "en coherencia"con la posición mantenida por la Fiscalía del Supremo en la causa contra el exconseller de Presidencia Francesc Homs, a quien el Ministerio Público acusó de desobediencia y prevaricación por el 9N.

Estos dos mismos delitos fueron los que imputó la Fiscalía a Mas Ortega y Rigau, por los que pedía una condena de 10 años de inhabilitación para el presidente de la Generalitat y uno menos para sus dos ex consejeras, Sin embargo la sala de lo civil y penal del TSJ catalán decidió imponerle la pena máxima por el delito de desobediencia a Artur Mas, dos años de inhabilitación, mientras que a Ortega y a Rigau les impuso una pena de un años y 9 meses y un años y medio de inhabilitación, respectivamente, pero absolvió a los tres del delito de prevaricación. Por este motivo, la Fiscalia pedirá al Supremo que les condene también por prevaricación al entender que dictaron resoluciones injustas a sabiendas cuando el Tribunal Constitucional había prohibido ya la consulta del 9 N.