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Cataluña

La Fiscalía quiere que Mas testifique en persona en el juicio por el asedio al Parlament

La Fiscalía ha rechazado la petición de Artur Mas, de declarar por escrito como testigo en el juicio a los 20 indignados acusados por el asedio al Parlament catalán el 15 de junio de 2011, que se celebrará entre el 31 de marzo y el 3 de abril en la Audiencia Nacional.

La Fiscalía ha rechazado hoy la petición del presidente de la Generalitat, Artur Mas, de declarar por escrito como testigo en el juicio a los 20 indignados acusados por el asedio al Parlament catalán el 15 de junio de 2011, que se celebrará entre el 31 de marzo y el 3 de abril en la Audiencia Nacional.

Según la Fiscalía, el privilegio de informar por escrito en el juicio oral que poseen determinados altos cargos en nuestro país, previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), se refiere a aquellos casos en los que "hubieren tenido conocimiento por razón de su cargo de los hechos de que se trate", pero en este caso, a su condición de víctima o agraviado, se suma que tuvo conocimiento porque se desplazaba al Parlamento para participar en una votación.

Los hechos se remontan al 15 de junio de 2011, cuando una concentración convocada por el 15M ante el Parlament derivó en situaciones de asedio a más de una decena de parlamentarios, entre ellos al presidente de la Generalitat, Artur Mas, al que se le impidió el paso cuando viajaba en su vehículo oficial, que fue golpeado y zarandeado y accedió finalmente en helicóptero junto con otros diputados

En su escrito a la Sala de lo Penal, los fiscales José Perals y Teresa Sandoval señalan que Mas fue testigo de lo ocurrido "no por su razón de su cargo de presidente de la Comunidad Autónoma"sino "como consecuencia de su condición de diputado electo de dicho Parlamento"y aunque ambos cargos "son compatibles", en realidad "son totalmente distintos en cuanto a su modo de elección, nombramiento, estatuto personal, cese y competencias".

"Además, en caso de admitirse la declaración por escrito en el juicio oral se vulneraría uno de los derechos fundamentales de todo acusado, el de interrogar al testigo directo y someter a contradicción su testimonio, como parte del derecho a un proceso con todas las garantías".

Perals y Sandoval también se oponen a la petición de declarar por escrito que ha hecho la presidenta del Parlament Núria de Gispert "por no estar previsto legalmente, pues tal autoridad no se encuentra en el listado de altos cargos"de la LEcrim para los que se admite ese privilegio, y de igual modo informa con respecto a la solicitud de declarar por videoconferencia de más de una treintena de diputados.

Para la Fiscalía tampoco se han aducido en ninguno de los casos razones poderosas de "utilidad, seguridad y orden público"o que la medida resulte gravosa para justificar que las testificales deban practicarse por videoconferencia y no en la sala de vistas.

"Ni la distancia geográfica entre el lugar de su residencia y el de celebración del juicio permite considerar gravoso el desplazamiento a la sede del tribunal", ni tampoco parece que su presencia física suponga riesgo alguno para su seguridad.

Tampoco cree que suponga "una presunta alteración del desarrollo de la actividad parlamentaria (...) y aunque lo fuera fácilmente podría subsanarse haciendo uso de los más modernos medios de locomoción teniendo el calendario programado y fraccionado de citaciones que ha acordado el tribunal".

"No se especifica la actividad que tienen los parlamentarios en los días señalados (de juicio), pero examinada su agenda en la página web del Parlament se comprueba que los días 2 y 3 de abril de 2014 no está convocado ni previsto Pleno", observan los fiscales, que añaden que tampoco hay comisiones.

En cuanto a la más de la treintena de diputados y la actual delegada del Gobierno en Cataluña, Llanos de Luna, que han pedido declarar como testigos unos en su despacho oficial y otros por videoconferencia, a la Fiscalía le sorprende que la representación procesal del Parlament solicite un trato diferenciado entre ésta y los consejeros del Gobierno de la Generalitat.

Esto es así, porque, según indican, a todos les es aplicable "idéntico privilegio procesal consistente en declarar en su despacho oficial"y que desaparece "cuando se trata de declarar ente el juicio oral, por lo que es absolutamente improcedente de la petición".

Los 20 acusados por el asedio al Parlament se enfrentan a una petición del fiscal de 5 años y medio de cárcel y multa de 7.500 euros para cada uno por un delito contra las instituciones del Estado en concurso con un delito de atentado contra la autoridad.