Audiencia Nacional

Portazo del juez del "caso Koldo" a Ábalos: descarta su personación en la causa como perjudicado

El magistrado rechaza también que el ministro de Transportes, Óscar Puente, declare como testigo

El exministro y ex secretario de Organización del PSOE José Luis Ábalos comparece este lunes ante la comisión de investigación del caso Koldo del Senado. © Alberto R. Roldán / Diario La Razón. 06 05 2024
El exministro y ex secretario de Organización del PSOE José Luis Ábalos comparece este lunes ante la comisión de investigación del caso Koldo del Senado. © Alberto R. Roldán / Diario La Razón. 06 05 2024 © Alberto R. RoldánLa Razón

José Luis Ábalos no podrá personarse en el "caso Koldo". El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha rechazado la pretensión del exministro de formar parte del procedimiento en calidad de perjudicado para hacer frente a la auditoría del ministerio que ahora dirige Óscar Puente sobre su gestión en la adjudicación de los contratos bajo sospecha para la adquisición de mascarillas en pandemia. Además, también rechaza que el actual titular de Transportes declare como testigo.

En la resolución en la que acuerda la medida, el instructor -que recientemente ha rechazado solicitar al Tribunal Supremo (TS) la imputación de Ábalos, como solicitó una de las acusaciones populares, Iustitia Europa- recuerda que "para adquirir la condición de perjudicado en el proceso penal se ha de exigir un plus superior al de simple afectado por los hechos que están siendo investigados o por alguna diligencia que se haya practicado".

Ábalos solicitó su personación tras tener conocimiento del informe de auditoría elaborado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana sobre las adjudicaciones investigadas cuando él estaba al frente. Pero el instructor replica que ese informe "no puede considerarse una circunstancia que acompañe o derive de la comisión de los delitos investigados", sino que se trata de "una diligencia más de prueba que deberá ser valorada a los efectos de determinar la realidad de los delitos y de las personas que pueden ser responsables de los mismos y que de ninguna manera puede dar lugar a la personación como perjudicado", por quien es "aludido" en el mismo "o por discrepancias con su contenido".

Moreno argumenta que aunque el artículo 761 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite la personación de particulares "sean o no ofendidos por el delito", esto "no puede ser entendido como una licencia para permitir la personación en un procedimiento de todas aquellas personas que de una u otra manera puedan verse afectadas por las investigaciones".

El magistrado también ha rechado la petición de otra de las acusaciones populares, Asociación Liberum, de que el actual ministro de Transportes, Óscar Puente, declare como testigo en la causa. El instructor recuerda que en la fecha de los hechos investigados Puente "era alcalde de Valladolid", por lo que su relación con los mismos "se circunscribe a ordenar, como titular actual del Ministerio de Transportes", la realización de una auditoría sobre el proceso de adjudicación por parte de Puertos del Estado y de Adif de los contratos investigados