Cargando...

Tribunales

Veintidós años de prisión por prender fuego a dos autobuses con viajeros en pleno centro de Vigo

Empleó artefactos caseros y contó con la complicidad de su pareja, conductora de Vitrasa y condenada también a 15 años

La pareja, durante el juicio. EUROPA PRESSEUROPAPRESS

La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a 22 años y un día de prisión a un hombre por prender fuego a dos autobuses urbanos en Vigo con pasajeros a bordo, y a 15 años de cárcel a su pareja sentimental, conductora de uno de los vehículos y trabajadora de Vitrasa, por colaborar en uno de los ataques. Ambos han sido hallados culpables de delitos de incendio con peligro para la vida de las personas, tras un juicio en el que quedó probado que actuaron de forma concertada en uno de los incendios y que él actuó solo en el otro.

Los hechos ocurrieron el 30 de abril de 2023 y pusieron en grave riesgo la integridad de los ocupantes y de los viandantes en el centro de la ciudad. La sentencia, fechada el pasado 10 de julio y todavía no firme, establece que el acusado prendió fuego primero a un autobús en la calle Tomás Alonso utilizando un artefacto casero con gasolina, y pocos minutos después repitió el mismo método en un segundo autobús conducido por su pareja en la céntrica parada de Urzáiz con Colón.

Este segundo vehículo quedó completamente calcinado debido a la virulencia de las llamas y la dificultad añadida de tratarse de un autobús híbrido, lo que incrementó exponencialmente el peligro por posible explosión de las baterías.

Los magistrados condenan al hombre a una primera pena de siete años, seis meses y un día de prisión por el primer incendio, y a él y a la mujer a otros quince años y un día de cárcel cada uno por el segundo siniestro, en el que ambos actuaron de forma concertada. A las penas se suman la inhabilitación absoluta durante la condena, así como el pago de las costas judiciales y cuantiosas indemnizaciones: 309.555 euros a la aseguradora y 64.415,81 euros a Vitrasa.

Artefactos incendiarios caseros

Según los hechos probados, el primer incendio se produjo sobre las 21.52 horas, cuando el hombre, viajando como pasajero en un autobús con nueve personas a bordo, colocó bajo un asiento una bolsa con material inflamable empapado en gasolina y le prendió fuego.

Acto seguido gritó “¡fuego!”, lo que permitió la rápida evacuación y la intervención del conductor con un extintor. Aun así, los daños materiales se cifran en 4.673 euros y el tribunal subraya el claro riesgo para la integridad de los ocupantes.

Menos de una hora después, el acusado subió a un segundo autobús conducido por su compañera, con quien se había concertado previamente, y repitió la acción. Esta vez solo viajaba una pasajera. Tras prender fuego al artefacto, volvió a gritar “¡fuego!” y descendió rápidamente. La conductora y la pasajera abandonaron el vehículo, que acabó ardiendo por completo, afectando también a la marquesina de la parada.

Los agentes de la Policía Nacional lograron acordonar la zona y evitar daños personales, aunque las explosiones provocadas por las baterías del autobús híbrido generaron una situación de riesgo extremo.

Del tique familiar a la mochila con gasolina

La sentencia basa gran parte de su argumentación en pruebas indiciarias: desde la identificación visual en las cámaras del primer autobús hasta la localización en el domicilio del acusado de la misma ropa y objetos empleados en los hechos.

Entre ellos, una chaqueta Tribord tricolor, una gorra con el logo de “Metallica” y una mochila negra que aún olía a gasolina. También se hallaron restos de medicamentos y una caja de galletas Marbú Centeno, exactamente igual a los utilizados como material de ignición en los artefactos incendiarios.

Uno de los elementos clave que vincula a ambos acusados es un tique de cortesía para familiares de empleados de Vitrasa, encontrado entre los restos del autobús. El tribunal considera que la mujer, como empleada de la empresa y pareja del autor material, facilitó este acceso y se concertó con él para perpetrar los hechos, enmarcados, según se apunta en el fallo, en un contexto de conflicto laboral con la concesionaria de transporte.

Agravantes de disfraz y abuso de confianza

La Sala aprecia en ambos delitos la agravante de disfraz, ya que él utilizó gorra, gafas de sol y mascarilla para dificultar su identificación. En el caso del segundo incendio, se aplica además la agravante de abuso de confianza por parte de ella, al tratarse de una trabajadora de la empresa que no intentó sofocar el fuego ni informar adecuadamente de lo ocurrido.

En total, los condenados deberán afrontar más de 370.000 euros en indemnizaciones, además de los 22 años de prisión impuestos por poner en riesgo la vida de viajeros y ciudadanos en pleno centro de Vigo. La sentencia puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.