IVA
Hacienda multa a Miguel Bosé por tratar de desgravarse desde las cuotas del “renting” del coche hasta el entrenador personal
La Agencia Tributaria le reclama 55.350,53 euros más otros 23.536,87 euros de sanción
Si bien el artista ya salió de la lista de morosos en 2019, tras pagar parte de la deuda (1,8 millones de euros) que tenía con Hacienda, ahora vuelve a tener problemas con el fisco. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha desestimado un recurso de Bosé contra una multa de Hacienda por desgravarse indebidamente gastos de sus empresas, que en realidad son personales.
Jamones y embutidos, fisioterapia, entrenamientos personales, servicio doméstico... son algunos de los gastos que Miguel Bosé quiso desgravarse a través de Costaguana, una de sus empresas. También quiso deducirse las cuotas del renting de su coche de alta gama, un Audi de alta cilindrada, así como las reparaciones de otros vehículos. Por todo ello, la Agencia Tributaria reclama a la empresa 55.350,53 euros más otros 23.536,87 euros de sanción, según la sentencia dictada el pasado 3 de marzo.
“Esos gastos no corresponden a la actividad desarrollada por Costaguana, sino que son gastos de índole personal o particular de Miguel Bosé y/o liberalidades y en ningún momento pueden considerarse deducibles en el IVA por no estar directamente afectadas a la realización de una actividad empresarial o profesional”, destaca la Agencia Tributaria. “El examen de las facturas controvertidas permite constatar que es correcta la negativa de la administración a la deducción del IVA”, apuntan los jueces.
Bosé intentó recurrir la sentencia previa del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, que le reclamaba a Costaguana esas cantidades por el IVA del segundo trimestre de 2010 y el cuarto trimestre de 2011. El artista alegaba que la ampliación de la inspección no había sido notificada correctamente. Sin embargo, el abogado de la administración tributaria destaca que sí se hico correctamente según consta en el recibí firmado por la persona que lleva a Bosé la contabilidad y las finanzas de sus sociedades.
El artista alegó que “no se pueden deducir con exactitud cuáles son las cuotas soportadas que han sido consideradas como no deducibles”, lo que le ha provocado “una total indefensión”, según consta en la sentencia. Una alegación no compartida por los magistrados que consideran que la ampliación de las investigaciones tributarias “estaban suficientemente motivadas”.
Además la sentencia señala que en las investigaciones “se descubrieron también importantes entradas y salidas de capital, provenientes de Luxemburgo y con destino a EE UU”.
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