Tribunal Supremo

Rocío Carrasco pierde el juicio contra su ex por su infidelidad

El Supremo absuelve al ex guardia civil por llamar «infiel» a la hija de Rocío Jurado

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha decidido desestimar definitivamente la demanda interpuesta por Rocío Carrasco Mohedano contra su exmarido, Antonio David Flores, al concluir que las acusaciones de infidelidad vertidas por el ex guardia civil contra la hija de Rocío Jurado en varios programas de televisión de la cadena Telecinco eran "veraces". 

"Tampoco se considera vulnerada su intimidad por las pautas de comportamiento adoptadas por Carrasco Mohedano, que habían despojado del carácter privado las informaciones relativas a la crisis de su relación conyugal", señala la sentencia hecha pública este lunes por el Alto Tribunal.

Rocío Carrasco y su actual marido, Fidel Albiac, demandaron a Antonio David Flores, a Telecinco y a la productora Gestevisión por presunta intromisión ilegítima en su derecho al honor y a la intimidad después de que el antiguo agente de la Benemérita llamará "infiel"a su exmujer en varios programas de "Salsa Rosa"y "A tu lado", emitidos entre el 10 de julio de 2003 y el 12 de febrero de 2005. "Les pillé, me fue infiel", dijo Flores en repetidas ocasiones.

El Juzgado de Primera Instancia número 5 de Alcobendas (Madrid) estimó parcialmente la demanda y condenó a Antonio David Flores a pagar una indemnización de 6.000 euros. Rocío Carrasco y Fidel Albiac solicitaban un total de 600.000 euros.

Esta resolución fue revocada en junio de 2009 por la Audiencia Provincial de Madrid. Los magistrados de la Sala de lo Civil, presididos por Juan Antonio Xiol Ríos, confirman ahora la absolución de Flores y desestiman definitivamente la demanda interpuesta por la hija de Rocío Jurado.

El Alto Tribunal determina que en este caso debe prevalecer el derecho a la libertad de expresión frente al derecho al honor y a la intimidad. La sentencia subraya que Antonio David Flores ejerció la libertad de expresión "de forma legítima", porque "la información transmitida era veraz".

"La prueba documental aportada al proceso evidencia que Carrasco mantenía de manera abierta y pública una relación de afectividad fuera de su matrimonio", indican los magistrados de la Sala de lo Civil.