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Los jubilados ven un «escándalo» que Fley cobre premio extraordinario

Asunción Fley tiene la difícil tarea de aplicar recortes; según el Ayuntamiento, ella misma renunció al 30% de lo que venía ganando como funcionaria al llegar al cargo
Asunción Fley tiene la difícil tarea de aplicar recortes; según el Ayuntamiento, ella misma renunció al 30% de lo que venía ganando como funcionaria al llegar al cargolarazon

SEVILLA- La delegada de Hacienda del Ayuntamiento de Sevilla, Asunción Fley, se halla en el punto de mira de los jubilados «topados» por el premio por antigüedad después de conocer, a través de LA RAZÓN, que en el Pleno Extraordinario de julio de 2011 se aprobó un complemento especial para funcionarios que pasan a ocupar un cargo público en la Administración municipal y del que se beneficia la concejal. La Asociación de Jubilados del Ayuntamiento de Sevilla (AJAS) considera «un escándalo» que la delegada intentase usar contra los ex trabajadores el Real Decreto 20/2012 de Medidas para garantizar la Estabilidad Presupuestaria y no se aplique a sí misma las incompatibilidades incluidas en el mismo. Mientras tanto, sus asociados continúan adelante con la idea de emprender acciones legales contra el alcalde y sus colaboradores por presunta prevaricación.

En el contexto del conflicto que los jubilados mantienen con el Consistorio, la noticia «sorprendió» a los principales afectados, alrededor de 70 ex empleados que han perdido íntegramente el premio por percibir la pensión máxima y otros 120 a los que se ha recortado la prestación económica que venían recibiendo por alcanzar el tope marcado por la Seguridad Social. Una medida que permitiría a Zoido ahorrar casi un millón de euros al año, si no prosperan las reclamaciones. «El cambio de la situación de funcionario a cargo público lleva aparejado el pase a la situación de excedencia por servicios especiales y, consecuentemente, queda desligado no sólo de las funciones que anteriormente se ejercían como tal, sino de las remuneraciones que correspondían al puesto. La nueva situación configura un estatus jurídico y remunerativo distinto. Al accederse a un cargo público, sólo se puede percibir la retribución que la Ley establece para el mismo, que se fija en una cuantía única y no responde a la suma de conceptos diferenciados», explica la asociación.

«Quienes han pretendido hacer extensivo a los jubilados las incompatibilidades del Real Decreto Ley 20/2012 y que se han visto obligados posteriormente a reconocer su no aplicabilidad, se han olvidado curiosamente de que la citada norma a quienes verdaderamente se aplica es a ellos. El citado Decreto fija la incompatibilidad de que los ex altos cargos puedan percibir, junto con la pensión por cese, la remuneración que tuviesen asignada, al recuperar su puesto en activo bien en la administración pública o en la empresa privada. ‘A contrario sensu', como decimos los abogados, si esa imposibilidad se establece al dejar el cargo, con idéntica razón se prescribe cuando se está en el ejercicio del mismo», argumenta Antonio Barea, secretario de AJAS, que añade que «lo que persigue la norma es que los cargos públicos, tanto en activo como al cesar, sólo perciban una remuneración».

A juicio de AJAS, «los cargos públicos municipales en excedencia, obviando esta expresa prohibición, en virtud del aludido acuerdo plenario, se han asignado un complemento remunerativo, recuperando conceptos retributivos del puesto que ocupaban, entre ellos el premio extraordinario. O se cobra como funcionario o como cargo público, pero lo que no se puede hacer es fundir retribuciones de puestos incompatibles». «Si antes del decreto la legalidad de esa doble percepción retributiva era dudosa, tras su vigencia se hace jurídicamente inviable», sentencia.

Por todo ello, los jubilados confían en que la delegada, «que tan temerosa se mostró» ante ellos de que la continuidad en el pago del premio a los mismos «derivase en un expediente de alcance en su contra, sienta el mismo temor con la retribución adicional que se han aprobado, con la peculiaridad de que nuestro premio goza del respaldo de disposiciones internas y, además, su antigüedad en el cobro le otorga la solidez de un derecho consolidado y patrimonializado». Por el contrario, esta doble asignación «difícilmente puede contar con respaldo legal».

Este diario intentó obtener la versión de los hechos de la independiente Asunción Fley. Fuentes municipales indicaron que la delegada ya «renunció a más del 30% de sus retribuciones como jefa de servicios, con veinticinco años de antigüedad como funcionaria de carrera, al pasar a formar parte del equipo de Gobierno del Ayuntamiento». Es decir, que con el salto al cargo político Fley renunció a más de 20.000 euros anuales (el sueldo de un concejal es de 50.000 euros) y el premio anual sólo compensa parcialmente la pérdida retributiva.

Aun así, AJAS recuerda que «la remuneración que perciben los altos cargos del Ayuntamiento es más del doble de la pensión máxima que un sector de los jubilados cobra, a la que hay que añadir esa especie de premio-regalo que se han adjudicado».

 

Cálculos erróneos para pagar a los «semitopados»
Sobre estas líneas aparece el informe del Interventor que aprobó el Pleno de junio de 2011 y que recoge el premio anual del que se beneficia Fley. En otro informe del mes pasado, el Secretario rechazó la aplicación del Real Decreto sobre el premio extraordinario de los jubilados «suspendido» desde julio, aunque el Consistorio decidió seguir pagándolo sólo hasta el tope fijado por la Seguridad Social para las pensiones (2.522 euros). Ahora se da la circunstancia de que el Ayuntamiento no sabe las pensiones exactas de sus ex empleados y se han detectado errores que requieren que cada afectado verifique sus datos. Otro lío.