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Próxima batalla: el p2p

El cierre de Megaupload ha propiciado la vuelta al «peer to peer» para obtener películas. La industria ya prepara denuncias contra los prestadores de servicios para el 1 de marzo, cuando abra la Comisión de la Propiedad Intelectual

Próxima batalla: el p2p
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La medición en tiempo real del tráfico de internet nos ha permitido conocer las nuevas tendencias de la red tras el cierre de Megaupload. De algunas les hemos ido informando en los días previos, otras se confirman tras los datos aportados en las últimas horas. La tarde del pasado jueves 20 de enero se produce el cierre, de improviso y al más puro estilo cinematográfico, de Megaupload, por parte del FBI. La principal plataforma de almacenamiento cayó por estimular a los usuarios a subir contenido protegido por derechos de autor y lucrarse con ello. En las horas siguientes, las webs que ponen a disposición del cliente obras audiovisuales con contenido protegido por derecho de autor sirvieron de enlaces de otros almacenadores de contenidos, como vemos en el último gráfico de la derecha. Aumentó la demanda de contenido de mediafire.com, fileserve.com. y rapidshare.com, según indica el medidor de tráfico Alexa.

Vuelta al eMule
Durante las horas consecutivas fueron desalojando gran parte de ese contenido por miedo a sufrir una operación semejante a la de la web cerrada. Como consecuencia de la eliminación de esos archivos, su tráfico comenzó a descender, como se observa en la ilustración. Por efecto de la misma, el número de páginas vistas en las webs de «streaming» que servían al internauta los contenidos que ellos alojaban también se desplomó. Es especialmente significativo el caso de Megavideo, otra marca del grupo intervenido, y, por supuesto, de Seriesyonkis, la web más popular en España, que se quedó sin buena parte de su contenido por este miedo global. ¿Cuál fue el siguiente paso? Según informamos el pasado lunes, las plataformas de oferta legal multiplicaron por dos o por tres sus visitantes en función los casos. El Internet Observatory constata que buena parte de aquellos que se abastecían de películas y series sin pagar derechos de autor emigraron hacia el «peer to peer» (p2p), es decir, volvieron a descargarse los viejos programas eMule, Ares o Pando, que para muchos internautas suponía una forma ya un tanto arcaica de proteger contenidos. A diferencia de otras fórmulas, el p2p supone la descarga automática de archivos entre usuarios conectados en red en los que actúan simultáneamente, como clientes y servidores. Estas redes, además, optimizan el uso del ancho de banda entre sus usuarios, lo que permite un rendimiento mayor de las conexiones. En 2005, según diversas encuestas, el 50% de los internautas españoles usaban el p2p y tres años después, esta cifra descendió hasta el 26%. En los últimos años, los expertos consideran que su presencia era casi testimonial ante la popularización de las páginas de enlaces.

La Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual cifra ese aumento en un 40% en España. La web Peerates.net sitúa a nuestro país en la tercera posición mundial en uso de eMule, tras Italia y China, con el 11% de los usuarios mundiales, es decir, una media de 37.503 diarios que envían unas 193.306 búsquedas por jornada. La actividad en eMule también creció en los últimos siete días casi un 25% en todo el planeta. Lo mismo ocurre con Bittorrent, cuyo número de páginas vistas ha crecido un 40% según Alexa.com en la última semana a nivel mundial.

La Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP) de nuestro país esperaba el repunte del p2p tras conocer que Megaupload había dejado de funcionar, pero también cuenta con que habrá un ascenso a partir de que la ley «antipiratería» empiece a funcionar, es decir, a partir del 1 de marzo. La industria tenía preparada ya una lista con las páginas de enlaces que se lucran con contenido protegido, pero además estudian medidas para esta proliferación del «peer to peer».

Auge de la oferta legal
La legislación española no prevé ninguna medida contra los usuarios de estos sistemas de intercambio de archivos, pero desde la FAP consideran que el artículo 138 de la Ley de la Propiedad Intelectual les permite actuar contra los prestadores de servicio. Hasta ahora los jueces habían sido poco receptivos, aunque esperan, además de que esta actitud cambie, que la comisión administrativa les dé una respuesta rápida a sus demandas.

Desde la federación se muestran especialmente satisfechos con que muchos españoles hayan descubierto durante esta semana las páginas de contenido legal y esperan que ésta sea la principal opción una vez que la ley bloquee el contenido de las páginas de enlaces y empiece a avisar a los prestadores de servicios que permiten el «peer to peer», donde se intercambian obras artísticas protegidas.