Cataluña

EL ANÁLISIS: Multas en caso de no acatar el auto

La Razón
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- ¿ Qué supone esta sentencia del TSJC?
– El auto considera que el actual modelo educativo catalán, sustentado en la consideración del catalán como única lengua vehicular, no da cumplimiento a las sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional que obligan a considerar el castellano y el catalán como lenguas vehiculares de enseñanza.

- ¿Peligra ahora el modelo de inmersión lingüistica?
– El modelo de inmersión lingüística obligatorio es inviable por inconstitucional. El TC dejó claro que el Estatuto catalán establece un régimen de cooficialidad lingüística, lo que conlleva que las lenguas de enseñanza deben ser el catalán y el castellano. La pacificación de la escuela en Cataluña pasa por la asunción de ese modelo que, además, es respetuoso con la realidad social de Cataluña. La inmersión lingüística obligatoria es dogmática, adoctrinadora y poco pedagógica.

- ¿Qué beneficios tendrá el castellano?
– Se garantizan los derechos de los alumnos a ser escolarizados en los dos idiomas oficiales de Cataluña.

- ¿Qué pasaría si la Generalitat no hace caso?
– El auto que ha dictado el TSJC da un plazo máximo de dos meses a la Generalitat para adaptar el sistema de enseñanza al modelo constitucional y le advierte de que si no lo hace incurrirá en la responsabilidad del artículo 112 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso–Administrativa que prevé multas a las autoridades y funcionarios incumplidores y deja abierta la vía penal contra los mismos por posibles delitos de prevaricación y desobediencia.