Pensiones

Las enfermedades por las que puedes pedir una pensión por incapacidad permanente en 2024

Pese a que la Seguridad Social no ha elaborado una lista oficial, son muchas las enfermedades que podrían optar a la ayuda económica a causa de una incapacidad permanente

Un médico residente puede llegar a cobrar hasta 995 euros en una guardia de Navidad
Un médico residente puede llegar a cobrar hasta 995 euros en una guardia de NavidadRedes sociales

La Seguridad Social otorga numerosas prestaciones económicas en concepto de pensiones a lo largo del año. Una de esas ayudas está destinada a aquellos que padecen una incapacidad permanente, lo que permite a esa persona recibir dicha ayuda antes de la jubilación.

Este tipo de subsidios pretenden cubrir la pérdida de ingresos que sufre el trabajador debido a alguna enfermedad o accidente que haga que su capacidad laboral se vea reducida. Además, este tipo de prestaciones facilita la continuidad laboral del trabajador, ya que el cobro de la ayuda es totalmente compatible con el puesto de trabajo.

Según explica la Seguridad Social en su página web, la pensión por incapacidad permanente es "una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral". Así, dentro de las pensiones por incapacidad permanenteexisten cuatro grados: parcial, total, absoluta y de Gran Invalidez; y, para recibir este tipo de ayuda, se exigen una serie de requisitos generales y de cotización que variarán en función del grado de incapacidad.

¿Cómo se pide la pensión por incapacidad permanente?

Para solicitar la pensión por incapacidad permanente, el posible beneficiario de la misma debe cumplir una serie de requisitos: debe tener entre 18 y 56 años, ser residente en España durante, al menos, un periodo de cinco años (dos de ellos consecutivos), no haber alcanzado la edad de jubilación, contar con un grado de discapacidad igual o superior al 65% y no superar el límite de ingresos anuales establecido para la pensión no contributiva de jubilación.

Si el individuo reúne estos requisitos, se podrá solicitar la prestación ante el Tribunal Médico del Instituto Nacional de la Seguridad Social y, tras ello, un tribunal médico evaluará y aprobará, o no, la solicitud. El proceso de evaluación consta de un análisis de la documentación médica aportada y, en ocasiones, de una valoración física del solicitante.

¿Cuáles son las enfermedades por las que se puede pedir la pensión?

Lo cierto es que la Seguridad Social no ha publicado un listado oficial de las enfermedades que dan derecho a la pensión por incapacidad permanente. No obstante, algunos colectivos han elaborado una lista de las enfermedades por las que se podría solicitar dicha prestación:

  • Agorafobia
  • Albinismo
  • Alzheimer
  • Aneurisma
  • Aniridia
  • Artritis Reumatoide
  • Artritis Psoriástica
  • Artrosis
  • Ataxia
  • Cáncer
  • Cardiopatías
  • Colitis ulcerosa
  • Condromalacia rotuliana
  • Depresión
  • Demencia
  • Desprendimiento de la retina
  • Distrofia de conos y bastones
  • Distimia
  • Diabetes
  • Enfermedades hepáticas
  • Enfermedad de Crohn
  • Enfermedad de Behçet
  • Enfermedades renales
  • Epilepsia
  • Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (EPOC)
  • Esclerosis Múltiple
  • Espondilitis anquilosante
  • Espondiliosis degenerativa
  • Esquizofrenia
  • Estenosis foraminal
  • Fibrosis quística
  • Fribromialgia
  • Fibrilación auricular
  • Glaucoma
  • Hernia discal
  • Hipertensión pulmonar
  • Ictus
  • Insuficiencia renal crónica
  • Infarto agudo de miocardio
  • Lesión medular
  • Lumbalgia
  • Lupus
  • Migrañas
  • Miopía magna
  • Maculopatía
  • Narcolepsia
  • Neuropatía
  • Neuropatía cubital
  • Párkinson
  • Pancreatitis
  • Patologías de pies y manos
  • Postpolio
  • Radiculopatía lumbar
  • Retinopatía diabética
  • Retinosis pigmentaria
  • Rizartrosis
  • Síndrome de Ménière
  • Síndrome de Raynaud
  • Síndrome de Sjögren
  • Síndrome de Tourette
  • Síndrome de Südeck
  • Síndrome del túnel carpiano
  • Síndrome subacromial
  • Silicosis
  • Siringomielia y Arnold Chiari
  • Stargardt
  • Trasplante de riñón
  • Trastorno adaptativo mixto
  • Trastorno bipolar
  • Trastorno de ansiedad
  • Trastorno de estrés postraumático

Estas son las cuantías de la pensión por incapacidad permanente en 2024

Las cuantías de la prestación variarán en función del tipo incapacidad, ya bien sea parcial, total, absoluta o de gran invalidez. Además, es importante tener en cuenta la última revalorización de las pensiones que, con carácter general, fue de un 3,8%, así como los efectos retroactivos de esta medida.

Por ello, la cuantía de las pensiones por incapacidad permanente parcial será igual a 24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para calcular el subsidio de incapacidad temporal del que se deriva la incapacidad permanente. Por su parte, el importe a recibir en el caso de las pensiones por incapacidad permanente total se obtendrá al aplicar el porcentaje que, según la causa que origine la incapacidad, corresponda a la base reguladora.

Dicho porcentaje se incrementará un 20% a partir de los 55 años cuando, por diversas circunstancias, se entienda que existe una dificultad para obtener un empleo en una actividad distinta a la habitual. En el caso de las pensiones por incapacidad permanente absolutase obtendrá el 100% de la base reguladora, mientras que en los casos de Gran Invalidez se obtendrá la cuantía aplicando a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento.

El complemento, por su parte, será el resultado de sumar el 45% de la base mínima de cotización vigente en el momento del hecho causante, más el 30% de la última base de cotización del trabajador correspondiente a la contingencia de la que derive la situación de incapacidad permanente.