Derecho laboral
El recorte a los empleados públicos es inconstitucional
El recorte de las retribuciones de empleados públicos no sólo es ilegal, como bien han apuntado los informes jurídicos del secretario de Ayuntamiento de Sevilla para el conjunto de empresas públicas municipales, sino que también es ilegal para el conjunto de los empleados del sector público, ya que es jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo que mediante una norma, que debe tener rango de Ley, se puede cambiar la estructura de las retribuciones pero debe mantener los derechos consolidados del montante de las citadas retribuciones. Es decir, las retribuciones se pueden congelar pero no recortar, como ya ha ocurrido en otras ocasiones, pues ahí sí que opera el concepto de derechos adquiridos, como avalan las reiteradas sentencias del Tribunal Supremo.El Real Decreto-Ley 8/2010, en lo que afecta a la bajada de las retribuciones de los empleados públicos, desde nuestro punto de vista es claramente inconstitucional, por ello, el pasado lunes se presentó, por parte de las correspondientes federaciones estatales del área pública de CC OO ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, un anuncio de recurso contencioso-administrativo sobre protección de derechos fundamentales reconocidos en el artículo 28.1, en relación con los artículos 7 y 37.1 de la Constitución, por el atentado a la libertad sindical y al derecho a la negociación colectiva llevado a cabo por el Gobierno de la Nación. Y es que éste ha prescindido de la negociación colectiva, de la que son titulares las organizaciones sindicales recurrentes, y ha vulnerado la eficacia vinculante de los convenios colectivos a la hora de llevar a cabo la tramitación y aprobación de una reducción generalizada de las retribuciones del personal de las administraciones públicas, lo que se materializó por la aprobación y entrada en vigor del Real Decreto Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, publicado en el BOE de 24 de mayo y convalidado por el Congreso de los Diputados con fecha de 27 de mayo. En dicha demanda, desde CC OO nos planteamos varios puntos. Primero, que se declare la lesión a la libertad sindical y la negociación colectiva, que tiene rango de derecho fundamental, y cuando se atenta contra el mismo se está vulnerando el conjunto del ordenamiento jurídico español. Segundo, que se declare la nulidad de la actuación del Gobierno. Tercero, que se acuerde el cese inmediato del comportamiento antisindical. Cuarto, que se acuerde la reposición de la situación al momento anterior a producirse el mismo, así como la reparación de las consecuencias derivadas del acto, incluida la indemnización de daños y perjuicios que proceda, y todo ello, con cuanto más proceda en Derecho. Y quinto, para permitir lo anterior, y como única forma de que sea repuesto el derecho sindical vulnerado, se solicita igualmente del Tribunal Supremo que eleve cuestión de inconstitucional al Tribunal Constitucional frente al ya citado Real Decreto Ley 8/2010. La demanda se ha presentado, en la idea de combatir este Real Decreto desde el sindicato por todos los medios que tenemos a nuestro alcance, tanto por la vía de la movilización y la presión sindical, así como de acudir a cuantos resortes jurídicos fueran posibles. Igualmente, en los próximos días se va a tratar de coordinar la estrategia jurídica que deberemos seguir en los correspondientes ámbitos frente a los convenios colectivos vulnerados por el Real Decreto, ante los que el sindicato presentará los correspondientes conflictos colectivos por cada incumplimiento de convenio colectivo que se produzca. Ningún convenio ni sus tablas salariales pueden ser modificados unilateralmente por una de las partes, para cualquier modificación se requiere acuerdo de las partes y nosotros no estamos dispuestos a perder derechos de ningún tipo. Al margen de ello, consideramos estas medidas tomadas por el Gobierno de la Nación injustas, injustificadas e ineficaces para combatir la crisis ya que van a suponer en sí un retraso de la salida de la misma, al estar bajando la demanda y la inversión, lo que repercutirá negativamente en la creación de empleo. Al mismo tiempo, estamos preparando los distintos instrumentos jurídicos para combatir los diversos decretos autonómicos como el que ya ha puesto en marcha la Junta de Andalucía y los diferentes decretos locales que las corporaciones locales dicten para intentar aplicar este Real Decreto lesivo para los intereses y los derechos de los empleados públicos.
* Juan Clemente Sánchez es secretario de Acción Sindical del Sindicato de Servicios a la Ciudadanía de CC OO-Sevilla
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