Carreteras

La reducción de velocidad a 110 Km/h entra en vigor el próximo lunes

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado el real decreto que contempla la reducción del límite de velocidad a 110 kilómetros por hora para turismos y motocicletas en autopistas y autovías.

La medida, aprobada ayer por el Consejo de Ministros, entrará en vigor a las 06.00 horas del próximo lunes y estará en vigor hasta el 30 de junio.

En el texto se explica que razones diferentes a las relacionadas con la siniestralidad pueden exigir el establecimiento de determinados límites de velocidad que permitan conseguir algunos objetivos concretos en otros ámbitos o áreas no relacionados con la seguridad vial.

Este es el caso de la reducción del consumo de energía que se pretende con la puesta en marcha de esta medida ante el repunte de los precios del crudo producido por la crisis geopolítica que se está produciendo en el Norte de Africa.

El real decreto asegura que la coyuntura internacional y la evolución del precio del crudo ponen de manifiesto la necesidad de adoptar medidas encaminadas a la reducción del consumo de combustible.

En este sentido, asegura que el mayor porcentaje de consumo de petróleo se encuentra en el sector del transporte y que diferentes estudios e investigaciones indican que la reducción de la velocidad de circulación de los vehículos en autopistas y autovías disminuye considerablemente el consumo de combustible.

Así, justifica la reducción del límite de velocidad a 110 kilómetros por hora, una medida que, según el texto, se aplicará transitoriamente en atención a los resultados obtenidos.