Dudas
Qué cambia para los españoles con la salida definitiva de Reino Unido de la UE
Los comunitarios residentes tenían hasta el 30 de junio para legalizar su residencia y mantener sus derechos, entre otros, el acceso a la sanidad pública
La holandesa Monique Hawkins fue una de las primeras comunitarias que solicitó el llamado “Permiso de residencia” en Reino Unido tras la victoria del Brexit en 2016. A pesar de que para entonces llevaba 24 años viviendo en suelo británico, estaba casada con un inglés y tenía dos hijos nacidos en el país, tras completar un tortuoso documento de 85 páginas, a los cuatro meses, recibió una carta que le ordenaba hacer las maletas para tener que salir porque su solicitud había sido denegada por problemas burocráticos.
“Mandé varias cartas y hablé con el diputado de mi distrito. Hice todo el procedimiento a la inglesa, pero cuando no conseguí respuestas decidí acudir a la Prensa”, explica a este diario. Su historia protagonizó los titulares a ambos lados del Canal de Mancha. Pudo realizar de nuevo los trámites y, en esta segunda ocasión, en cuestión de semanas, recibió la aprobación.
Hoy es una de las principales voces “The 3 million”, la organización que vela por los derechos de los comunitarios residentes en el Reino Unido. En un principio, se estimó que había tres millones de comunitarios viviendo en suelo británico. Ahora se cree que hay más cuatro millones, entre ellos, más de 250.000 españoles. No hay cifras exactas porque no todos están dados de alta en el consulado.
Algunos acaban de llegar, otros llevan afincados décadas. Pero unos y otros deben ahora regularizar su situación porque, de otra manera, con el Brexit quedarán como inmigrantes ilegales. Y eso supondría perder incluso el trabajo o la vivienda de alquiler.
Hawkins asegura que salió llorando tras la reunión que mantuvo la organización con Michel Barnier, el negociador de la UE, el 28 de marzo de 2017. Fue el día antes de que Londres activara oficialmente el artículo 50 del Tratado de Lisboa para comenzar a negociar formalmente el divorcio. “Nos dijo que nada estaría acordado hasta que todo estuviera acordado. Y fue entonces cuando supe que íbamos a ser simplemente rehenes de todo este proceso. Me derrumbé”, explica.
Durante largos años, los comunitarios residentes han vivido con la angustia de la más absoluta incertidumbre. Finalmente, sus derechos quedaron protegidos con el Acuerdo de Retirada, el pacto de divorcio firmado en octubre de 2019 entre Londres y Bruselas que nada tiene que ver con las arduas negociaciones comerciales que se han mantenido en el último año. No obstante, Boris Johnson ya ha demostrado que tampoco tiene problemas en violar el tratado internacional cuando impuso unas polémicas cláusulas en la Ley de Mercado Interno del Reino Unido que finalmente retiró.
A pesar de que el 31 de diciembre Reino Unido sale ya a efectos prácticos del bloque, gracias a un “periodo de gracia”, los comunitarios residentes tienen hasta el próximo 30 de junio de 2021 para legalizar su residencia y mantener sus derechos, entre otros, el acceso a la sanidad pública.
Deben hacerlo todos, sin excepción. Los casados con británicos y también los cónyuges no comunitarios de europeos. Porque, de otra manera, por poner un ejemplo, el americano casado con una española también quedará en situación ilegal. Al fin y al cabo, su derecho de residencia está ahora vinculado a la normativa de la UE. La situación, en definitiva, es más compleja de lo que parece.
Estatus de asentamiento
Todo aquel que lleve cinco o más años en el Reino Unido debe pedir el llamado “Estatus de asentamiento”. Eso sí, cada vez que cambie de dirección, renueve pasaporte o tenga cualquier cambio en tus datos personales, debe notificarlo a las autoridades. Y si está fuera del país durante cinco años pierde todos sus derechos. En caso de que quisiera volver, tendría que hacerlo ya bajo los requisitos de la nueva ley de inmigración que entra en vigor el 1 de enero de 2021. Está inspirada en el modelo de puntos australiano, uno de los más estrictos del mundo.
Por su parte, todo el que haya llegado Reino Unido antes del 31 de diciembre de 2020, y lleve residiendo menos de cinco años, tenía hasta el 30 de junio para solicitar el “Pre Estatus de Asentamiento” y esperar al lustro para finalizar los trámites. Eso sí, si están fuera del país durante seis meses (dentro de un periodo de un año) ya no son candidatos para conseguir luego el “estatus de asentamiento”.
Desde “The 3 million” advierten que “en la era del coronavirus hay mucha gente que ahora está teletrabajando o universitarios estudiando a distancia desde sus países de origen porque las clases presenciales se han suspendido, por lo que esto puede generar problemas”.
Desde el 30 de marzo de 2019, cuando se puso en marcha el programa, cerca de seis millones de personas han realizado la solicitud, entre ellos, 320.850 de españoles. En teoría, quien no hubiera realizado los trámites ayer, queda ahora en situación ilegal. No obstante, el Gobierno británico asegura que mostrará “flexibilidad”, por lo que se garantizarán 28 día extra para a aquellos que, por motivos “válidos” (que los activistas ven insuficientes), se percaten tarde o sean alertados de que están en situación irregular.
¿Cómo se realizan los trámites?
¿Cómo se realizan exactamente los trámites? El sistema es gratuito (a pesar de que en un principio se planteó una tarifa de 70 euros) y nada tiene que ver ya con el tortuoso documento de 85 páginas de “permiso de residencia” que existía al principio. Ahora se trata de una gestión “on line” que apenas lleva unos minutos y puede realizarse incluso desde el propio teléfono móvil.
Uno simplemente necesita el pasaporte -que se escanea con el propio móvil- e introducir el conocido como “NINo” (National Insurance Number), número obligatorio cuando se comienza a trabajar en el Reino Unido.
Ahora bien, el proceso se complica, teniendo presentar más pruebas de residencia, con aquellos que no tienen pasaporte, los que no trabajan o los centenares de jubilados que no tienen acceso a Internet. Tal y como advierte Hawkins, hay infinidad de casos y muchas personas pueden quedarse, sin siquiera ser conscientes aún de ello, como inmigrantes ilegales.
Por su parte, Luke Piper, abogado de “The3million” destaca que la máxima preocupación es que no se trata de un sistema de “registro” sino de “solicitud”. “Los derechos de los comunitarios deberían quedar protegidos de manera automática, no sujetos a ninguna petición que puede aceptar o denegada por un Gobierno. Esto es sumamente importante”, advierte. “Tampoco debería haber una fecha límite para realizar el trámite”, apunta.
Asimismo, otra de las demandas de la organización es que aquellos que regulen su situación obtengan una prueba física para poder demostrarlo y no un simple email, como el que reciben ahora por parte de las autoridades. El Parlamento Europeo y el alcalde de Londres, Sadiq Khan, ya ha advertido que, sin ningún tipo de prueba física, esto podría generar problemas de “discriminación” a la hora de buscar, por ejemplo, trabajo o vivienda de alquiler. La propia Cámara de los Lores aprobó en su momento una enmienda solicitando algún tipo de “carné”. Pero los Comunes -donde los tories de Boris Johnson tienen ahora una amplia mayoría- la desestimó.
Claro que la puerta es giratoria. Para los más de dos millones de británicos repartidos por el bloque también comienza una nueva era. Los casados con comunitarios, por ejemplo, podrán regresar de manera automática con la familia hasta el 29 de marzo de 2022. Sin embargo, una vez se cumpla esta fecha, si quieren traer a sus cónyuges se enfrentarán a obstáculos de visados y duras reglas sobre elegibilidad.
Las respuestas del Ministerio de Asuntos Exteriores
Según el documento hecho público por el Ministerio de Asuntos Exteriores español, ante dudas como ¿1ué deben hacer los ciudadanos españoles que residen actualmente en Reino Unido? ¿dónde y cómo deben solicitar sus nuevos permisos de residencia? ¿son válidos los carnets de conducir españoles? ¿Hace falta visado para entrar en el país? ¿habrá roaming en las llamadas? ¿se puede estudiar en centros británicos? ¿hace falta un seguro sanitario? ¿siguen sirviendo las titulaciones profesionales? La campaña que lanza Exteriores da respuesta a estas y muchas otras preguntas y, ofrece además teléfonos y páginas webs dónde poder dirigirse.
En este link se accede a la campaña: http://www.exteriores.gob.es/brexit
Ventanilla única Brexit
Una de las claves en este proceso de adaptación a la nueva realidad es la asistencia consular a los ciudadanos a través de la Ventanilla Única con atención telefónica de 9:00 a 18:00. La atención se proveerá desde la Embajada en Londres y los Consulados en Londres, Manchester y Edimburgo, para cualquier duda sobre el Brexit, y sobre todo para ayudar en la tramitación de los nuevos permisos de residencia.
A partir del 1 de enero de 2021, todos los ciudadanos de la UE y sus familiares, incluidos también los menores, que hayan residido en el Reino Unido antes del 31 de diciembre de 2020, deben solicitar un permiso de residencia como establece el EU Settlement Scheme (EUSS) emitido por el Ministerio del Interior británico. Esta solicitud podrá hacerse hasta el 30 de junio de 2021.
La nueva normativa establece dos estatus de residente, el permiso de residencia indefinido para aquellos ciudadanos de la UE y familiares que lleven residiendo más de 5 años en Reino Unido; y un permiso de residencia limitado para aquellos que lleven menos de 5 años de residencia.
Se puede solicitar información a través del correo electrónico emb.londres.brexit@maec.es o llamando a la Centralita Brexit: desde el Reino Unido: +44 (0) 1158 575508 y desde España: +34 91 8362248
Para dudas sobre el procedimiento EU Settlement Scheme o cómo puede afectarle el Brexit también puede consultar el siguiente enlace con toda la información disponible:
http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/LONDRES/es/VivirEn/Brexit-Espanoles/Paginas/default.aspx
Asimismo, es posible solicitar información en el Consulado General de España en Edimburgo a través del correo electrónico cog.edimburgo.bre@maec.es, en el Consulado General de España en Mánchester cog.manchester.brex@maec.es y en el Consulado General de España en Londres cog.londres@maec.es
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