El saqueo sindical

La IGAE cuestiona la competencia de la Junta para pagar del «fondo de reptiles»

La Razón
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El secretario de Organización del PSOE-A, Juan Cornejo, consideró ayer «extraño» que la juez que investiga el «caso de los ERE» irregulares, Mercedes Alaya, encargara un informe a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE) sobre las subvenciones con cargo al programa 31L –el denominado «fondo de reptiles»– en lugar de a un órgano «más conocedor» del funcionamiento de la Junta como puede ser la Cámara de Cuentas. Pero puede que no sea tan raro.

Cabe recordar que la instructora ya planteó en un auto fechado el 27 de junio que el Gobierno andaluz podía haberse excedido en sus competencias por la concesión de ayudas sociolaborales previas a la jubilación y libró oficio a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social para solicitarle datos.

Ahora, en el análisis pericial de la IGAE se aborda esa cuestión y se apunta a la nulidad de las subvenciones de la Junta.

En un informe ejecutivo, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, se explica que el Estado reguló a través de la Orden del Ministerio de Trabajo, 5 de octubre de 1994, un procedimiento de concesión de ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social, a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas. Una fórmula que puede ser ejecutada por las comunidades. De hecho, la IGAE cifra en 14.711.653,80 los euros transferidos a la comunidad por ese concepto de 2001 a 2012.

Si bien, Andalucía desarrolló además «un sistema propio de subvenciones del ámbito laboral distinto al establecido por el Estado con cargo al Presupuesto de la Junta y con la misma finalidad que aquél, pero utilizando criterios y baremos muy superiores» a los fijados en la citada Orden de octubre de 1994 y «sin acogerse al procedimiento de tramitación previsto en la misma», sino mediante «la contratación de pólizas de seguros de prejubilación suscritas con compañías aseguradoras privadas». Los técnicos sostienen, tras la respuesta de la Secretaría General requerida por Alaya, que «se podría concluir, dado el marcado carácter laboral que poseen las obligaciones cubiertas por las ayudas concedidas por la Consejería de Empleo» que Andalucía ha «mantenido, gestionado y ejecutado» un régimen particular de ayudas que «pudieran corresponder al ámbito laboral» financiadas con el «fondo de reptiles», por lo que «podría entenderse vulnerada la competencia exclusiva del Estado en lo referente a legislación laboral –149. 1.7 de la Constitución española–».

Y hay más. El Ministerio matiza que podría defenderse la constitucionalidad de la acción del Ejecutivo regional si se estima que lo relativo a esos fondos públicos previos a la jubilación pudieran encuadrarse «bajo la perspectiva de un doble título competencial –149.1.7 y 148.1.2–» e incluirse en el concepto de asistencia social. Área en el que la Junta sí tiene competencia. La IGAE no lo cree.

¿Se violó la legalidad?

En cualquier caso, los autores del informe vuelven a citar a la Secretaría ministerial para dejar claro que, al margen del debate de la constitucionalidad de la acción del Ejecutivo regional, «debería valorarse también si se cumplió con la legalidad vigente en el ejercicio de la competencia (procedimiento subvencional...)».

Tanto en un caso como en otro –con vulneración o no de la competencia exclusiva del Estado en legislación laboral–, los técnicos de la IGAE concluyen: «En la concesión de ayudas sociolaborales objeto de este informe, se ha prescindido total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido en la normativa del Estado y en la de la comunidad». Punto básico dado que, «a tenor del artículo 62.1 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, pudiera ser causa de nulidad de pleno derecho», rematan.