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La Junta prioriza cuestiones de género a la creación de empleo en las ayudas al cine

El borrador que prepara Cultura otorga más puntos a la película si la dirección o el guion es de una mujer

La Ley del Cine se aprobó recientemente en el Parlamento / Manuel Olmedo
La Ley del Cine se aprobó recientemente en el Parlamento / Manuel Olmedolarazon

Una de las últimas leyes que se aprobó en el Parlamento andaluz fue la Ley del Cine de Andalucía, una norma «creada por el sector, para el sector y con el sector de nuestra tierra» –como la definió el consejero de Cultura, Miguel Ángel Vázquez– que salió adelante con los votos a favor de todos los grupos: PSOE, Ciudadanos, Podemos, IU y Partido Popular. Ahora falta desarrollar los principales aspectos de esa norma, de ahí que la Junta de Andalucía disponga del primero borrador de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de largometrajes, documentales y otras obras audiovisuales en la comunidad.

En el texto, consultado por este periódico, se señalan algunos aspectos que resultan llamativos. Así, con respecto a los temas de género, se apunta que «tal y como se indica en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, se ha tenido en cuenta la integración transversal del principio de igualdad de género en la elaboración de las presentes bases reguladoras. Para ello, entre otras cuestiones, se ha introducido un criterio de valoración por el cual se atribuye una mayor puntuación en función del mayor porcentaje de participación de mujeres en el equipo técnico de la producción».

Este requisito contrasta con otro que también introduce el mencionado borrador. El departamento de Cultura, encargado del desarrollo de esta ley, señala que «no se recogen entre los criterios de valoración el relativo al grado de compromiso medioambiental, la ponderación del impacto en la salud y la seguridad laboral, así como la valoración de los empleos estables creados, dada la singularidad de la naturaleza de los proyectos objeto de las subvenciones reguladas en la presente Orden y la imposibilidad de realizar una valoración objetiva de los referidos criterios, así como la dificultad de la acreditación de su cumplimiento». Todos estos temas pasan a un segundo plano.

El artículo 17, relativo a los criterios de valoración, desarrolla ampliamente este concepto. En concreto, el apartado «f», otorga hasta nueve puntos en la fase de valoración a la participación de mujeres en el equipo técnico de la producción, desglosado de la siguiente forma: si la dirección se realiza por mujer, 2 puntos; si la persona guionista es mujer, 2 puntos; si la producción ejecutiva se realiza por mujer, 2 puntos; y hasta tres puntos en función del porcentaje de participación de mujeres en puestos que desarrollen funciones de dirección o jefaturas de equipos técnicos.

La orden aclara que «se entenderá por personal que desarrolla funciones de dirección o jefaturas de equipos técnicos, aquellas personas que realicen la composición de la música; que desempeñen funciones de dirección de producción; de jefe o jefa de producción; de dirección de casting, fotografía, o animación; las personas que desempeñen las funciones de jefatura de sonido directo, de montador o montadora de sonido, de montador o montadora, jefatura de efectos especiales, dirección de arte, jefe o jefa de maquillaje, de vestuario, de peluquería, así como aquellas personas que desempeñen el puesto de primer ayudante de dirección o los actores y actrices».

La importancia de este criterio hay que ponerla en relación con otros. Por ejemplo, se otorgan ocho puntos, uno menos, a que el desarrollo de la obra audiovisual sea en Andalucía; el grado de acreditación del plan de financiación está baremado en 10 –uno más–; el valor cultural del proyecto hasta 14 puntos, misma puntuación con la que se valora la posible generación de actividad económica en Andalucía.

La evaluación de las solicitudes se llevará a cabo por una Comisión de Evaluación. En la misma también se tendrá en cuenta la representación equilibrada de mujeres y hombres.