Cádiz
Los interinos cobrarán los ascensos
La Justicia obliga a la Junta a pagar a una enfermera contratada por el desarrollo de su carrera profesional
De nuevo una sentencia pionera pone contra las cuerdas a la sanidad pública, contradiciendo las prácticas de contratación por la «discriminación» explícita que supone para miles de trabajadores. Esta vez un juzgado de Cádiz obliga al Servicio andaluz de Salud (SAS) a pagar a una enfermera interina –con treinta años de antigüedad– exactamente lo mismo que cobra una funcionaria en su mismo puesto. La Junta le había vetado el acceso a la carrera profesional –y los pluses económicos que conlleva–. Esta decisión afecta a todos los profesionales ligados durante más de tres años a hospitales públicos, unos 14.000 según la Asociación Nacional de Interinos y Laborales (ANIL). Su presidente, el abogado Manuel Martos, ha logrado revertir en los tribunales una exigencia que el SAS niega sistemáticamente.
La sentencia condena al hospital Puerta del Mar de Cádiz a abonar los atrasos de los últimos cuatro años a una enfermera, a la que no le reconocía el complemento retributivo de mejora en la carrera profesional aduciendo que su contrato era temporal. La afectada ha estado cobrando 153 euros menos al mes pese a desempeñar el mismo trabajo que las enfermeras titulares, como reconoce el fallo. «No hay razones que justifiquen el que a un interino se le reconozca el nivel de carrera profesional pero se difiera el pago al momento en que adquiera la condición de personal fijo», insiste la jueza.
No es la primera vez que la Justicia se pronuncia a favor de los interinos «eternos». Aunque no los reconozca como personal laboral indefinido no fijo hasta que la plaza que ocupan se asigne a un funcionario –algo que también solicitaba la demandante–, sentencias del Supremo y el Constitucional avalan que sus derechos laborales se igualen a los de éstos. La doctrina europea también avanza en ese sentido para anular la «discriminación» que supone distinguir entre interinos de larga duración y funcionarios cuando en la práctica no existe esa diferencia.
El Tribunal Supremo ya estableció que «el desempeño de un mismo empleo requiere un tratamiento idéntico, con independencia de que se trate de titulares o interinos». Esta nueva sentencia especifica de todas las maneras posibles el «trato discriminatorio» que supone esta situación. El fallo recoge que «es evidente que el procedimiento ordinario ha de estar abierto a todo el personal sanitario y, por lo tanto, no cabe excluir a nadie por razón de la naturaleza de su vínculo con la Administración», pero no realiza un reconocimiento automático de ese plus, si no que la afectada deberá someterse a un proceso previo «de evaluación para la mejora continua de sus labores asistenciales, docentes y de investigación».
El SAS es consciente de que pelea con argumentos desechables, pero se sabe Goliat por los recursos económicos de los que dispone para afrontar sus litigios judiciales. Su estrategia es recurrir todas las decisiones porque se juega mucho. Si se impone este criterio, unos catorce mil trabajadores temporales podrían reclamar los atrasos: a una media de siete mil euros, debería abonar 98 millones. A su favor juegan los lentos tiempos judiciales y la necesidad de que cada afectado reclame individualmente las cantidades que se le deben.
La conquista de sus derechos por parte de los trabajadores eventuales en la sanidad pública pasa inexorablemente por los tribunales, donde se han producido pequeños avances en los últimos años, siempre de manera individual y no extensible a todos los implicados. El colectivo soportó los recortes económicos, con contratos y sueldos reducidos al 75%. Incluso la Cámara de Cuentas andaluza había alertado de las irregularidades implantadas en los hospitales, al obligar «durante años» a muchos profesionales a aceptar contratos mínimos –por días o semanas– en los que no disfrutaban de vacaciones.
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